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En Uruguay condenan a organizador de fiesta clandestina a cumplir trabajos comunitarios en un hospital

El condenado deberá estar cuatro horas diarias en turno vespertino, por tres días a la semana, durante seis meses.

04 de Abril de 2021 | 16:37 | El País, GDA
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Imagen referencial.

EFE
En un fallo inédito, el juez de 1er Turno de Libertad, Gustavo Machado, condenó en Uruguay a un organizador de una fiesta clandestina a cumplir servicios comunitarios en el centro hospitalario de Playa Pascual (San José) por un lapso de seis meses.

La Fiscalía acordó con el imputado la aplicación del proceso abreviado, aceptando este de modo expreso lo que surgía de la carpeta de la investigación.

El juez Machado entendió que el imputado era responsable de los hechos relevados, los cuales fueron descritos en la audiencia. Esto es, que fue notificado de no proseguir con una fiesta que estaba realizando y que continuó haciendo caso omiso a lo notificado por la autoridad policial.

El magistrado agregó que en la tarea de la búsqueda de una pena justa corresponde ponderar toda la información referente al grado de culpabilidad, de acuerdo a lo establecido por el Código Penal. También es preciso llevar a cabo la valoración de la gravedad del hecho y el análisis de la peligrosidad del imputado.

En ese marco, el juez condenó a C.R.C. como autor penalmente responsable de un delito de desacato, debiendo cumplir la pena de seis meses de prisión. Esa pena fue sustituida por un régimen de libertad, imponiéndole las siguientes obligaciones: residir en un lugar determinado, vigilancia permanente por parte de Oficina de Seguimiento de Libertad Asistida (OSLA) y presentación una vez por semana en la seccional más cercana a su domicilio.

El imputado también deberá realizar trabajos comunitarios en el centro hospitalario de Playa Pascual, a razón de cuatro horas diarias en turno vespertino, por tres días a la semana, durante seis meses, sostiene el fallo.

El juez Machado le prohibió, además, organizar fiestas por un período de seis meses.
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