SANTIAGO.- Pasó a una bencinera para que le revisen los neumáticos y al momento de que los niños de su furgón le dijeron que había atropellado a unas personas, ellas los hizo callar y les dijo que "era un secreto".
Ese habría sido el actuar que según la fiscalía metropolitana Oriente tuvo María Eugenia Viteri Fuentes (67), conductora de un furgón escola, que en la mañana del lunes atropelló a una niña de siete años, la cual arrastró por cerca de 100 metros, en la comuna de Ñuñoa.
La mujer fue formalizada por el delito de lesiones graves gravísimas y fugarse del lugar del accidente sin prestar ayuda.
La fiscal Valeria Gómez detalló en la audiencia que la imputada negó su participación en los hechos, pero que los videos que existen, sumado a las declaraciones de los menores, eran suficiente prueba.
Asimismo, detalló que los efectivos de la Sección de Investigación de Accidentes del Tránsito (SIAT) de Carabineros, realizaron peritajes a la máquina de propiedad de Viteri, en la que se encontró restos de cabello, ropas y huellas de zapatillas.
La persecutora también señaló en la instancia judicial que la imputada atropelló tanto a la menor –que se encuentra en coma inducido y con riesgo vital en la Clínica Alemana- como a su madre y al hermano de ésta, de cinco años, que resulto con una contusión en la cabeza.
Durante las horas siguientes al hecho, los efectivos de Carabineros realizaron varias entrevistas, con permiso de sus padres, a los menores que iban al interior del vehículo, los que declararon que "cuando íbamos a buscar a una compañera y siento que pasamos por un pequeño lomo de toro y escuchamos el grito de una niña. Le dijimos que había atropellado a una persona, pero ella nos dijo ‘shhhhh es un secreto’".
Por lo anterior, la fiscal Gómez pidió la prisión preventiva e invocó la denominada "Ley Emilia" para recordar al juez del 8° Juzgado de Garantía Eduardo Gallardo, que el hecho de que Viteri causara lesiones graves gravísimas y luego huyera del lugar, tenía una pena de un años de reclusión sin beneficios.
Ante esto el defensor penal público, Mauricio Jara, rechazó las imputaciones y descartó que los antecedentes sean los suficientes para acreditar que su defendida había participado en el hecho.
Esos argumentos fueron acogidos por el magistrado, quien sostuvo que la mujer tenía irreprochable conducta anterior y que el delito por el cual fue formalizada la mujer tiene una "pena baja", que va desde los 61 días a los 3 años, por lo que no es una pena de crimen.
Así, la dejó en libertad, pero con las medidas cautelares de arraigo nacional, retención de licencia de conducir y prohibición de conducir un vehículo motorizado. Tras la audiencia la mujer salió sin emitir declaraciones.