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Cónsules de Chile en el exterior: ¿Cuál es la diferencia entre uno honorario y uno oficial?

El rol de estas figuras diplomáticas será clave en las votaciones que se registren fuera de Chile este año, lo que influyó en la remoción de uno de ellos en Melbourne. Sin embargo, no todos tienen el mismo rango.

24 de Septiembre de 2017 | 09:00 | Por Felipe Vargas y M. Cristina Romero, Emol
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Los chilenos en el exterior votaron por primera vez durante las primarias del pasado 2 de julio.

Aton Chile/ Archivo.
SANTIAGO.- Polémica causó hace unos días la remoción del cónsul chileno en Melbourne, Australia, Gabriel Jara, luego que calificara al ex Presidente Salvador Allende como un "elemento perturbador". Palabras ante las cuales la Cancillería acusó que éste no respetó "la prescindencia política establecida en la Ley Electoral".

El tema cobra más relevancia a poco tiempo de que se realicen las elecciones del próximo 19 de noviembre, y ante las cuales Jara debía actuar por su cargo como presidente de la junta electoral.


El mismo criterio se había aplicado en las primarias pasadas, cuando se sacó de sus funciones a los cónsules de Chile en Ciudad de Panamá, Cristián Jara, y en Mendoza, Juan Pino. Éstos habían expresado su apoyo a las candidaturas presidenciales de los senadores Manuel José Ossandón (RN) y Alejandro Guillier (IND- Fuerza de Mayoría), respectivamente.

De acuerdo al artículo 212 de la Ley 18.700 sobre votaciones populares y escrutinios, "cada junta electoral en el extranjero será presidida por el cónsul e integrada, además, por otro funcionario del Servicio Exterior o, en caso de no haberlo, por un funcionario de las plantas de secretaría y administración general del Ministerio de Relaciones Exteriores o, en su defecto, por un empleado chileno del consulado, designado por el presidente de la junta, en el que recaerá la función de secretario".

De esta forma, el rol de estas autoridades es considerado como clave pensando en las próximas elecciones, donde están habilitados para votar en el exterior 39.137 chilenos residentes en 70 países alrededor del mundo.

La misma normativa señala en su artículo 204 que "los embajadores, cónsules y todos los funcionarios de las plantas del servicio exterior, secretaría y administración general, agregados y de los servicios dependientes del Ministerio de Relaciones Exteriores que presten servicios en el exterior, así como los empleados locales de las embajadas y consulados de Chile no podrán durante el período de campaña electoral realizar, ejecutar o participar en eventos o manifestaciones públicas que tengan por finalidad la promoción o rechazo de alguna nominación, candidatura o posición plebiscitaria, por ningún medio, sea éste escrito, audiovisual, electrónico o a través de imágenes".

Así, en su calidad de presidentes de las juntas electorales, los cónsules tienen el deber de resguardar el buen cumplimiento del proceso eleccionario en la circunscripción electoral que esté bajo su cargo. Teniendo que mostrarse con imparcialidad durante el proceso.

Cónsul honorario y oficial


Desde la Cancillería explicaron a Emol las diferencias que existen entre un cónsul diplomático y otro honorario. El primero es un funcionario que sigue una carrera que se debe iniciar en la Academia Diplomática Andrés Bello, su trabajo es remunerado de acuerdo a la escala que dicho reglamento define y tiene nacionalidad chilena.

En tanto, el segundo no es preciso que siga una carrera, no recibe remuneración del Estado y puede tener una nacionalidad distinta a la chilena, si es que cuenta con el consentimiento del Estado en el cual ejercerá sus funciones.

Los cónsules honorarios deben contar con los recursos económicos que les permitan vivir con independencia y ejercer una profesión, comercio o actividad honrosa en su lugar de residencia y que goce de consideración social en la localidad.

El Ministerio de RR.EE. considera la designación de Cónsules Honorarios a proposición de las Misiones Diplomáticas o Consulados Generales, para lo cual deben dar a conocer a esa cartera los motivos que hacen aconsejable dicha petición.

Estas proposiciones se hacen a través de la Dirección General de Asuntos Consulares y de Inmigración de la Cancillería, la que, luego de una exhaustiva revisión de los antecedentes con las instancias correspondientes, solicita la conformidad del Subsecretario de Relaciones Exteriores.
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