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Condenan como autor de crimen a tío de menor de 1 año y 8 meses que falleció en Los Andes

Miguel Espinoza fue sentenciado por el delito de violación con homicidio en contra de la sobrina de su esposa. El tribunal aseguró que la mujer ayudó a ocultar lesiones que la víctima sufrió por meses.

05 de Diciembre de 2019 | 10:33 | Por T. Cerna, Emol.
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Referencial.

Aton
SANTIAGO.- Como responsable del crimen de la menor de 1 año y 8 meses que hace más de un año falleció en el sector Rinconada de la comuna de Los Andes, fue sentenciado este jueves Miguel Andrés Espinoza Aravena.

Luego de un mes de juicio, el Tribunal Oral en lo Penal de Los Andes lo condenó de manera unánime como autor del delito de violación con homicidio, en contra de A.L.P., sobrina de su esposa, asegurando que, durante la estadía de la lactante en su domicilio, este actuó de manera "sobresegura" para agredirla y abusarla.

El caso generó conmoción a nivel nacional y críticas a los distintos organismos involucrados, implicando además una querella por parte del Ejecutivo.

Lo anterior, luego de que se supiera que la menor y su hermana habían sido enviadas a la casa de su tía, luego que el Tribunal de Familia de Los Andes estimara que su madre biológica no estaba en condiciones para cuidarlas.

También se hizo público que en febrero de ese año, la menor llegó policontusa al Hospital de Los Andes, razón por la que desde el centro asistencial presentaron una denuncia por sospechas de una posible agresión. Por su parte, la tía de A.L.P., aseguró que esta se había golpeado mientras jugaba con su hija.

Espinoza fue formalizado a fines de abril del año pasado en una audiencia que estuvo marcada por gritos y protestas. El hombre, incluso, escuchó la imputación de cargos usando un casco.

Lo acreditado por el tribunal


El veredicto fue comunicado esta mañana por la jueza Alessandra Tubino, quien señaló que las lesiones encontradas en el cuerpo de la pequeña impactaron al tribunal, al igual que el equipo médico que la atendió, señalando además que su tía ayudó a ocultar las lesiones.

Esta sala del tribunal (...) ha decidido por unanimidad condenar al acusado Miguel Espinoza Aravena por su responsabilidad como autor del delito consumado de violación con homicidio cometido en perjuicio de la menor A.A.L.P.", sostuvo la magistrado.

Señaló además que, las declaraciones recopiladas, entre ellas por personal del jardín al que asistía la pequeña, vecinos, profesionales de la salud, policías que indagaron, además de la evidencia biológica recopilada, permitieron "que estos juzgadores tengan la absoluta convicción de que a partir de la llegada de la menor al domicilio del acusado (...) fue víctima de constantes agresiones, consistentes en golpes en diferentes partes de su cuerpo, como rostro, cabeza, brazos, torso, por mencionar solo algunas".

"A partir de la llegada de la menor al domicilio del acusado (...) fue víctima de constantes agresiones, consistentes en golpes en diferentes partes de su cuerpo, como rostro, cabeza, brazos, torso, por mencionar solo algunas".

Jueza Alessandra Tubino
Añadió que aquellas agresiones generaron lesiones visibles, que la llevaron incluso a un centro médico, y que la misma prueba da cuenta "además de las diferentes acciones tendientes al ocultamiento de tales hechos por parte del imputado, donde además intervino su pareja, C.P.O. consistente en la elucubración de múltiples historias".

Estas últimas, detalló la magistrada, iban desde supuestas patologías que afectaban a la menor, al igual que agresiones de parte de su hermana, "pasando por explicaciones tan absurdas como golpes provocados por la mascota del hogar o por caídas durante el proceso de aprendizaje a caminar, las que lamentablemente tampoco fueron pesquisadas por el personal del Fae Pro Ayún", organización que tuvo la derivación y control de las niñas mientras estaban en la casa de acogida, "permitiendo con ello la impunidad de aquel durante todo aquel tiempo".

El tribunal también señaló que se obtuvo la convicción que el día 27 de abril del año pasado, el acusado estuvo solo al cuidado de la niña, tiempo en que "hubo consumo de alcohol de su parte", presentando, según versión de testigos, "actitudes de nerviosismo, permaneciendo fumando en el exterior", además de buscar en internet remedios para la hinchazón abdominal.

Ello, añadió el tribunal, ya que A.L.P. sufrió lesiones internas tras el abuso, las que hicieron necesario que fuese llevado a un centro asistencial, "cuando ya se encontraba en pésimas condiciones de salud (...) además de presentar un estado de shock". El equipo médico constató lesiones a raíz de ataque sexual, además de otras de mayor data. Horas más tarde, la menor falleció.

"(Las lesiones) deben necesariamente atribuirse a la acción de terceras personas que de manera cobarde actuaron sobre el frágil cuerpo de la niña. Se trató de lesiones provenientes de golpes sobre el cuerpo de aquella y de acciones que involucraron el despliegue de una alta energía (...) Se trató de golpes que claramente involucran una acción homicida, al menos con dolo eventual", agregó.

La magistrada concluyó que la actitud del acusado, frente a las lesiones que sufría la menor en su abdomen, "no se asemejan en lo absoluto con aquella medianamente esperable para alguien que se encuentra al cuidado de cualquier persona que está en tan grave estado de salud".

"No se concibe, racionalmente, que realizara acciones que son más propias de otro ambiente, como son prepararse un trago para beber alcohol o salir al exterior de su vivienda a fumarse unos cigarrillos en los mismos horarios que la niña debió haber estado sufriendo de una forma que, según los médicos, resultaba indescriptible", zanjó.

El tribunal comunicará la pena a la que se verá expuesto Espinoza el próximo 18 de diciembre, a las 13:00.
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