EMOLTV

Corte de Apelaciones respaldó prohibición de entrada de O'Reilly a Chile: Descartó actuar ilegal de Extranjería

El sacerdote irlandés presentó un recurso de protección luego de que la autoridad migratoria le negara el ingreso, el cual fue rechazado de forma unánime por el tribunal de alzada.

20 de Febrero de 2020 | 18:19 | Por Consuelo Ferrer, Emol
imagen
El Mercurio (archivo)
SANTIAGO.- Fue en diciembre de 2018, cuando el sacerdote irlandés John O'Reilly había perdido la nacionalidad por gracia y terminado de cumplir una condena por abuso sexual reiterado en contra de una menor de edad, que la defensa del religioso comenzó a pensar en una forma de garantizar su retorno al terreno nacional.

La última herramienta que se barajaba, luego de un reclamo administrativo ante el Departamento de Extranjería y Migración, era la de un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago. Ese fue el camino que siguió el abogado Cristián Muga, y más de un año más tarde la respuesta llegó: el sacerdote deberá permanecer fuera del país.

Este jueves, la Novena sala del tribunal de alzada rechazó la acción presentada por O'Reilly por unanimidad y descartó un actuar ilegal de Extranjería. A pesar de reconocer el derecho existente para todo ser humano de "ingresar al país, circular por el mismo, residir en él con sujeción a las disposiciones legales y a salir libremente", la Corte reconoció que "puede ser restringido en virtud de la ley" en razón de "la protección de la moral o de los derechos y libertades de los demás".

Atendido al "interés superior del niño" que se recoge en la Convención Sobre los Derechos de los Niños, la sala detalló que "John Joseph Reilly ha sido condenado por el delito reiterado de abuso sexual a menor de edad, y además de la pena privativa de libertad impuesta de cuatro años y un día de presidio menor en su grado máximo". "La medida de restricción ambulatoria se ajusta al estándar de proporcionalidad", precisaron.

"Lo razonado y decidido por la autoridad migratoria no consiste en un nuevo juicio para el condenado, sino que se refiere a otro hecho el que permite el actuar de la autoridad administrativa que dicta y aplica las disposiciones necesarias para el cumplimiento de las leyes y para la conservación y fomento de los intereses públicos comprometidos", añadieron.
EL COMENTARISTA OPINA
¿Cómo puedo ser parte del Comentarista Opina?