Macarena Perez, El Mercurio.
El TC, tras un requerimiento del FA y PC, acogió seis de los 14 artículos impugnados sobre la ley de Migración y Extranjería. Lo primero declarado inconstitucional es la exigencia de una autorización previa o visa otorgada por un consulado chileno a nacionales de un país en particular. Tampoco se podrá prohibir la contratación con el Estado a empleadores sancionados por emplear extranjeros sin autorización para trabajar. También es inconstitucional la expulsión de menores no acompañados, aunque si pueden ser sujetos de retorno asistido; la privación de libertad por más de 48 horas de un expulsado; que la pérdida de la categoría migratoria de residente ponga término al período de avecindamiento y que aquellos extranjeros presos que califiquen para libertad condicional, serán expulsados del territorio.
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