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Cámara aprueba proyecto de muerte digna: Incluye sólo a mayores de edad y queda fuera causal de sufrimiento psíquico

Según establecieron los diputados, el Minsal tendrá tres meses desde publicada la ley para elaborar el reglamento sobre el procedimiento. El texto ingresado el 2014 al Congreso, pasa ahora al Senado.

20 de Abril de 2021 | 14:52 | Por Verónica Marín, Emol
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Los diputados Vlado Mirosevic (PL) y Maya Fernández (PS) son los autores del proyecto.

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La Cámara de Diputados analizó en particular el proyecto de muerte digna y tras haber aprobado gran parte de su articulado, el texto que ingresó el 2014 al Congreso, pasa ahora al Senado a su segundo trámite.

Entre los puntos resueltos hoy por los legisladores, se dejó explícito que sólo podrán acogerse a la eutanasia solo los mayores de 18 años. Esto fue aprobado con 82 votos a favor, 58 en contra y una abstención.

Mientras que la muerte asistida, según se señala hasta ahora en el proyecto, solo podrá ser solicitada en caso de enfermedad terminal, enfermedad o dolencia seria o incurable, situación médica caracterizada por disminución avanzada o irreversible de las capacidades. Sin embargo, a pesar de que el texto trabajado por la comisión de Salud así lo consideraba, la Sala dejó fuera las dolencias de naturaleza psíquica como causal para acogerse a la normativa. Esto resultó así ya que no contó con los votos suficientes de la oposición y era ampliamente rechazo por el oficialismo.

En tanto se estableció que quienes quieran acogerse a esta ley deberán tener residencia definitiva mayor a 12 meses en el país. También se estableció que el Ministerio de Salud tendrá un plazo de tres meses una vez de publicada la norma, para emitir el reglamento sobre el procedimiento de muerte digna.

Otro punto que se aprobó fue que quienes se hayan acogido a la muerte digna, podrán arrepentirse hasta en el último minuto, expresando su cambio de opinión incluso a través de lenguaje kinésico o gesticular.

Uno de los puntos que se rechazó, y que había sido impulsado por el oficialismo, es que exista objeción de conciencia institucional respecto a no practicar este tipo de procedimientos. Pero ésta sí puede ser ejercida por los médicos, quienes deberán informarla a su establecimiento en caso de que un paciente lo requiera para que sea trasladado a otro recinto de salud.

Los diputados aprobaron el concepto de "voluntad anticipada", pudiendo dejarse constancia a través de un testamento abierto o en el carnet de identidad.

Por otro lado se fijó que existirá un comité de ética al cual el médico tratante que autorice la eutanasia, podrá solicitar su recomendación, la cual no será vinculante.
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