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Gobierno promulga ley que permite cambiar el orden de los apellidos de las personas

Los padres podrán -de común acuerdo- determinar el orden de apellidos de sus hijos. Además, los mayores de 18 años podrán solicitar, por una sola vez, la rectificación administrativa con los mismos fines.

09 de Mayo de 2021 | 15:00 | Redactado por María Cristina Romero, Emol
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Aton Chile.
En el marco del Día de la Madre, el Presidente Sebastián Piñera, junto a la Primera Dama, Cecilia Morel, y los ministros de la Mujer, Mónica Zalaquett, y de Justicia, Hernán Larraín, encabezó la ceremonia de promulgación de la ley que permite cambiar el orden de los apellidos de las personas.

Junto con descartar la celebración del Día de la Madre, la Primera Dama, expresó que "hoy es un gran día para dar las gracias, para admirar, para celebrar a todas las mujeres que viven esta maternidad, ya sean madres biológicas, adoptivas, madres de acogida, solteras, las abuelas, las tías, las hermanas, madrinas u otros (...) En reconocimiento a ellas, nuestro Gobierno promulga la ley sobre la determinación del orden de los apellidos para seguir avanzando en justicia, igualdad, pero sobre todo en dignidad de las mujeres".

La nueva legislación permite el cambio del orden del apellido paterno y materno. El proyecto tiene por objeto establecer que los padres podrán expresar de común acuerdo, al momento de inscribir el nacimiento de su primer hijo o hija, el orden de sus apellidos, el cual deberá ser el mismo para todos los hijos comunes que puedan venir después. Si los padres no expresan lo contrario, se aplicará la regla que existe hasta hoy.

Por su parte, la ministra Zalaquett comentó que esta ley "entrega a los padres la libertad de otorgar a su hijo o hija, indistintamente, el apellido del padre, la madre o ambos, del orden que así lo acuerden (...) Esta ley contribuye al cambio cultural que estamos impulsando en materia de igualdad entre hombres y mujeres, ya que a partir de hoy el orden de los apellidos no será necesariamente el del padre primero y el de la madre después, sino que por mutuo acuerdo, ambos padres al inscribir el nacimiento de su hijo o hija, decidirán el orden de los apellidos", el cual quedará determinado para el resto.

Asimismo, el proyecto faculta, por una sola vez, a las personas mayores de 18 años a solicitar la rectificación administrativa, con el objeto de invertir el orden de sus apellidos con que figuran en sus partidas de nacimiento.

"Para establecerse el procedimiento administrativo de rectificación de partidas de nacimiento, quienes por distintos motivos quieran rendir tributo a su madre o abuela (...) podrán hacerlo de manera expedita en el Registro Civil", precisó Zalaquett.
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