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¿Qué hacer cuando un compañero o compañera de trabajo vive episodios de violencia intrafamiliar?

El Ministerio de la Mujer, junto a la Confederación de la Producción y del Comercio, entregó una serie de guías para atender estos episodios en el contexto laboral, con el fin de sensibilizar a las organizaciones y comprometerlas a actuar al respecto. Conoce aquí algunas de ellas.

23 de Mayo de 2021 | 05:49 | Por Equipo Multimedia, Emol.

    1. Cualquier trabajador o trabajadora, que sea víctima de violencia intrafamiliar, puede solicitar voluntariamente apoyo a través del personal interno designado por la compañía, como también a entidades externas de acuerdo a lo definido en el protocolo.

    2. La víctima puede trabajar voluntariamente con el o la profesional del equipo psicosocial para desarrollar un plan de seguridad en el lugar de trabajo, resguardando siempre el respeto por su autonomía.

    3. Si un trabajador tiene conocimiento de que un compañero o compañera vive violencia de pareja o que maltrata a un integrante de su familia, debe acercarse para ofrecer su ayuda. Si no existe la confianza, debe informar a su jefatura de manera clara, precisa y de buena fe.

    4. Para el abordaje de la violencia siempre se requerirá una respuesta en red coordinada, por lo que se sugiere no ofrecer apoyos de forma individual, con el fin de derivar a la víctima a un personal especializado.

    5. El equipo de trabajo debe adoptar una actitud de apertura con los pares involucrados en situaciones de violencia identificadas, escuchar sin juzgar, apoyar, reforzar la confianza y motivar a buscar ayuda.

    6. La organización debe ofrecerle a la víctima la opción de mantener una comunicación abierta con sus representantes durante cualquier licencia extendida.

    7. Quien ofrezca la primera acogida a las víctimas no debe forzar su relato, ni solicitar antecedentes que serán nuevamente requeridos por los servicios especializados, evitando de esta manera la revictimización.

    8. El personal que atienda a las víctimas debe escuchar activamente su relato, ayudarla a sentirse comprendida y ponerse en su lugar.

    9. Se le debe garantizar a la víctima, desde el inicio de la conversación, que lo que se hable será tratado con absoluta confidencialidad.

    10. Evitar los consejos. Nadie puede saber que es mejor para ella. Dar consejos no sirve de nada, es mejor preguntar qué necesita, que está dispuesta a hacer, se pueden sugerir alternativas, pero es la persona quien decide.

    11. Atender a las propias creencias. Ante todo debe abstenerse de emitir juicios frente que pueden influir negativamente en las víctimas, y desincentivar su solicitud de ayuda.

    12. Sugerir a la víctima que guarde e-mails y mensajes de voz con amenazas de agresiones ya que pueden ser útiles en acciones legales o como evidencia de violación a las medidas cautelares.

    13. La empresa no debe entregar información sobre la víctima a otras personas, que permita localizarla o indicar el día en que regresa a trabajar, incluyendo números de teléfono celular.

    14. Frente a la detección de situaciones de violencia, nunca se debe minimizar las necesidades de seguridad expresadas por la víctima, para así evitar desincentivar su autopercepción de riesgo.

Diseño: Johanna Mellado, Emol | Contenido: José Manuel Vilches, Emol | Fuente: CPC y Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género | Recursos: Flaticon y Freepik (Ver detalle)
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