Este miércoles, la comisión de Seguridad Pública del Senado aprobó la idea de legislar el proyecto que permitiría un indulto a los detenidos por diversos delitos en el marco del estallido de octubre de 2019, creado por Adriana Muñoz (PPD), Yasna Provoste (DC) Juan Ignacio Latorre (RD), Alejandro Navarro (PRO) e Isabel Allende (PS).
Por tres votos contra dos, la instancia dio curso a la iniciativa, cuyo trámite estaba detenido desde el año pasado, pero cuyo debate se reactivó en medio del triunfo de varios candidatos independientes en la elección de convencionales que han exigido la liberación de esas personas como condición para iniciar el debate constituyente.
De hecho, ayer hubo una manifestación en el frontis de La Moneda impulsada por miembros de la Lista del Pueblo, quienes exigen la liberación de los "presos de la revuelta". En ese contexto, la medida contó con los votos a favor de los senadores
Francisco Huenchumilla (DC), José Miguel Insulza (PS) y Jaime Quintana (PPD).
En tanto, los senadores oficialistas Felipe Kast (Evópoli) e Iván Moreira (UDI) votaron en contra, alineándose de esa forma con la postura del Gobierno, que ha recalcado que la iniciativa avala los hechos de violencia que se produjeron a partir del 18 de octubre de 2019, con la quema y destrozos de bienes públicos, saqueos y otros delitos.
De hecho, desde el Ejecutivo han recordado que, desde el estallido, más de 27.432 personas fueron detenidas por delitos relacionados con el orden público, presentando 564 querellas en total contra un total de 1916 imputados. En todas esas causas se pidió la prisión preventiva de los imputados.
De acuerdo a datos del Ministerio del Interior, sólo en 32 causas la justicia accedió a esa medida cautelar, por lo que en la actualidad hay 58 imputados en ese estado. Asimismo, subrayan que ninguna de las personas que actualmente se encuentran en prisión preventiva se debe a causas por desórdenes públicos o manifestaciones.
58imputados están en prisión preventiva por desórdenes y otros delitos
Del total de casos,
15 tienen que ver con el porte o la utilización de armas, 7 por saqueos, 6 por homicidio y 4 por delito de incendio. En el Gobierno subrayan que ninguno de los detenidos "tienen que ver ni siquiera lejanamente con el ejercicio del derecho a manifestarse".
"El indulto o la amnistía a estas personas sólo avalará que, mientras existan personas en las calles manifestándose pacífica y legítimamente por sus necesidades, está permitido que otros maten, quemen, saqueen y trafiquen. Eso es precisamente la negación de la libertad de todos", recalcaron desde la cartera.
En ese contexto, el subsecretario del Interior, Juan Francisco Galli, aseguró este jueves que el proyecto "busca la impunidad de aquellas personas que están siendo imputadas, formalizadas o condenadas por delitos cometidos entre octubre y diciembre de 2020", lo cual a su juicio se trata de una "señal equívoca".
"Aquellos delitos graves cometidos en el contexto o con ocasión de una manifestación son impunes. Aquí hay delitos de lanzamientos de bombas molotov, de saqueo, de homicidio frustrado que acabarían dentro de este proyecto. ¿Se puede intentar matar porque se intenta matar en el contexto de una manifestación?", cuestionó.
Reacciones al proyecto
Luego de la aprobación de la iniciativa, que ahora deberá ser revisada por la comisión de Constitución, Kast advirtió que esta "es extremadamente grave, pues atenta contra dos principios básicos de nuestra democracia: promueve la violencia como método legítimo para la protesta social y atenta contra la separación de poderes".
Moreira, en tanto, acusó que "lo que busca el proyecto es que no se investigue nada, que no se castigue a nadie. Es una bofetada para las miles de víctimas del llamado estallido social, los que saquearon, pusieron bombas y destruyeron empleos de miles de chilenos no pueden quedar sin ninguna sanción. El proyecto busca la impunidad".
Sin embargo, los reproches no quedaron solo en el Congreso. En redes sociales, hubo varias voces que respaldaron las manifestaciones ciudadanas y
que votaron Apruebo en el Plebiscito de 2020, pero que expresaron su rechazo hacia la posibilidad de no condenar penalmente a quienes protagonizaron hechos de violencia tras el 18-O.
Por ejemplo, la ex candidata a constituyente de la Lista del Apruebo y periodista, Paola Berlín (IND-Ciudadanos), quien cuestionó el respaldo que le dio el diputado de RD, Miguel Crispi, a la aprobación del proyecto, quien cuestionó que existan personas "detenidas por el simple hecho de haber ejercido su derecho a protestar".
"¿Qué alcance tiene para el diputado la expresión 'el simple hecho de haber ejercido su derecho a protestar'? Pregunto en serio. Si alguien está preso por el simple hecho de ejercer dicho derecho, no necesita un indulto, sino una demanda contra el Estado y una indemnización", señaló en Twitter.
En tanto, en la misma red, el doctor en transportes, Franco Basso, sostuvo que "entre los presos del estallido social hay personas que saquearon comercio, destruyeron patrimonio y atemorizaron a vecinos. Yo voté Apruebo pero la Ley de Indulto General es realmente inentendible. Espero predomine la cordura".
{CITA: Carlos Künsemüller, el ex ministro de la Corte Suprema: "La jurisprudencia ha resuelto uniformemente que el indulto no cabe otorgarlo antes de la sentencia firme que impone dicha pena".} Quien también se manifestó en contra de la iniciativa fue el ex ministro de la Corte Suprema, Carlos Künsemüller, quien en una columna publicada por El Mercurio acuso que "los abogados asesores de los personeros políticos parecen no conocer ni los textos legales ni las opiniones de la doctrina en esta materia".
En ese contexto, recordó que "el artículo 93 del Código Penal establece las causales que extinguen la responsabilidad penal, esto es, le ponen fin a una ya nacida y surgida de la comisión de un delito, a diferencia de las causales eximentes, que impiden el nacimiento de tal responsabilidad".
"Entre tales motivos de extinción figura el indulto, que beneficia a un número indeterminado de personas sentenciadas por ciertos delitos y es definido como 'la gracia general o particular, oriunda de poderes distintos del judicial y otorgada a los condenados por sentencia irrevocable, que les remite todo o parte de la pena impuesta a raíz de delitos comunes. O se las conmuta por otra más benigna'", añadió.
En esa línea, el abogado sostuvo que "la jurisprudencia ha resuelto uniformemente que siendo el indulto una supresión o conmutación de la pena impuesta, no cabe otorgarlo antes de la sentencia firme que impone dicha pena", coincidiendo de esa forma con la postura de la Corte Suprema, que calificó el proyecto de "improcedente".