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Elección interna: Tribunal Supremo de RN rechaza reclamaciones contra candidaturas de Desbordes y Chahuán

En el caso del ex diputado, el órgano consideró que "no se configura" una prohibición para repostular como presiente del partido, "por no haber completado dos elecciones consecutivas".

02 de Junio de 2021 | 16:55 | Por María Cristina Romero, Emol
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De cara a las elecciones internas del próximo 19 junio, el Tribunal Supremo de RN rechazó todas las reclamaciones contra las listas de las candidaturas de Mario Desbordes y Francisco Chahuán, algunas de las cuales buscaban incluso impugnar ambas postulaciones a la presidencia del partido.

Fue el pasado 20 de mayo cuando el también candidato presidencial de la tienda, Mario Desbordes, inscribió su lista para competir por la presidencia de la colectividad, comicios en los que se medirá con la nómina liderada por el senador Francisco Chahuán.

En el fallo del Tribunal Supremo de fecha del 31 de mayo al cual tuvo acceso Emol, se señala que "se rechazan todas las reclamaciones señaladas, en contra de ambas listas de candidaturas a directiva nacional, así como las demás peticiones de fondo y de inhabilidad hechas valer por las partes".

Cabe recordar que un grupo de militantes ingresó una reclamación ante el Tribunla, buscando que se declarara ilegal la candidatura de Desbordes, a la vez que se declarara inadmisible la postulación de la lista que integra, alegando, por ejemplo, que postularía por tercera vez al puesto, contando marzo del 2018 cuando asumió tras la salida de Cristián Monckeberg, entre otras cosas.

Al respecto, el órgano afirma que "no se configura la prohibición respecto al Sr. Desbordes Jiménez por no haber completado dos elecciones consecutivas. Al respecto, cabe tener presente el breve período total de tiempo en que ejerció el cargo, el hecho de no haber ocurrido ello en el marco de una elección interna del partido, en los términos del Reglamento de Elecciones Internas y, también, la circunstancia de que una vez no enteró la mitad del período y de que otra su renuncia se encuentra totalmente justificada, sin que pudiera configurarse de forma alguna una renuncia fraudulenta o dolosa, con intención de vulnerar esta norma".

Y se agrega que "en el caso de la Sra. Paulina Núñez no puede considerarse que el cargo esencial de la Primera Vicepresidencia sea el mismo cargo (a los efectos del art. 25 inciso 4°) que la integración de alguna de las vicepresidencias".

Respecto a la reclamación contra Chahuán, se recuerda que apuntaba a que en enero pasado, había anunciado la suspensión de su militancia en RN, lo que alegaban "constituiría la suspensión de la totalidad de los derechos del afiliado, incluyendo el derecho a participar y ser elegido en cargos en elecciones internas". Sin embargo, el Tribunal indicó que "la suspensión de militancia no está regulada en nuestra legislación de partidos políticos".
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