La impugnación de más de 500 candidaturas a senadores y diputados por parte del Servicio Electoral (Servel), la cual comunicó ayer por vía electrónica a los partidos afectados, provocó preocupación en las coaliciones y partidos afectados, los cuales ahora tendrán que preparar su defensa para salvar sus postulaciones.
Entre los más complicados, está el bloque Apruebo Dignidad, que estaría perdiendo a 96 de sus abanderados y el Frente Social Cristiano, que tiene a 90 aspirantes a la Cámara Baja en ascuas. En ambos casos, debido a la falta de una o más firmas de las colectividades que forman parte de la alianza para apoyar a un candidato.
Sin embargo, el organismo también tuvo a la vista otras causales de rechazo.
De las 47 que contempla la ley, hubo algunas que también fueron recurrentes, como la ausencia de documentos requeridos como el mandato para la creación una cuenta corriente para depositar aportes de campaña o la declaración de intereses y patrimonio.
Todas tienen posibilidad de apelación, pero ante el Tribunal Electoral de Elecciones (Tricel). No hay opción de soluciones administrativas: Según la ley 18.700, cada una de las solicitudes deben pasar por el análisis de los jueces, quienes analizarán los antecedentes y resolverán si los candidatos pueden participar en las elecciones o no.
No obstante, las posibilidades de salir airosos del tribunal son distintas. Según explicaron a Emol fuentes al interior del Servel, hay algunos casos que tienen "fácil solución" y otros que son considerados "graves" y, por ende, con menores opciones de revertir el rechazo ante la justicia,
Entre ellos está el de Apruebo Dignidad y el Partido Republicano. Según dicen desde la entidad, se trata de un error inédito, dado que es primera vez que se produce la falta de firmas de los partidos. Los afectados acusan una falla del sistema informático del Servel, pero en el organismo argumentan que el problema no fue alertado a tiempo.
Con todo, los expertos en la materia destacan que, al ser una situación nueva, no hay jurisprudencia al respecto, pero creen que la situación es equiparable a la de quienes presentaron declaraciones fuera de plazo o a la de los que fueron apuntados por la ley antidíscolos. Es decir, que no renunciaron a una militancia dentro del plazo legal.
Por ejemplo, quienes se inscribieron como independientes, pero registran afiliación en un partido político o candidatos que aparecen como afiliados a una colectividad, pero que aún permanecen en los registros de otra tienda entre el 23 de noviembre de 2020 y el 23 de agosto de 2021.
También son considerados casos graves los de aquellos aspirantes al Parlamento que no acreditaron el cumplimiento de la enseñanza media o equivalente con documentación suficiente, infringiendo el artículo 48 y 50 de la Constitución Política, que establece los requisitos para postular al Congreso Nacional.
Otras situaciones
De acuerdo a las fuentes consultadas por este medio, los candidatos que fueron rechazados por no presentar algún documento en particular son los que tienen más posibilidades de sacar adelante sus inscripciones, ya que en ocasiones anteriores el Tricel se ha abierto a resolver favorablemente esas situaciones.
Entre ellos están los que no presentaron una declaración jurada suscrita ante notario o ante el oficial del Registro Civil de la comuna en la que reside el candidato, los que no adjuntaron una declaración jurada "que acredite el cumplimiento de los requisitos que establece la Constitución" o a los que les faltó la Declaración de Intereses y Patrimonio.
También tienen buenas perspectivas lo que fueron impugnados por no acompañar la la autorización que faculta al director del Servel para abrir una cuenta bancaria única a su nombre y cargo para efectos de recibir los aportes de campaña.
Siempre y cuando presenten los documentos necesarios ante el Tricel.
Estos últimos requisitos fueron los que impidieron la postulación de varios diputados que van a la reelección, como el líder de Nuevo Trato, Pablo Vidal, quien pretende competir como independiente en cupo del Partido Liberal, y el del actual representante por La Araucanía, Ricardo Celis (PPD), entre otros.
Hay otros casos de candidatos que no figuran en el registro general de afiliados que se encuentra en poder del Servel. Es decir, que dicen militar en un partido, pero no están vinculados a esa colectividad, como es el caso de Lautaro Loncon en el PPD o el actor Ariel Mateluna en Comunes.
El caso del PC
También tienen buenas opciones los partidos que fueron impugnados por no respetar la ley de cuota de género. Entre ellos está el Partido Comunista, el cual dispone, de acuerdo con el inciso segundo del artículo 4 de la Ley N°18.700, de un plazo de cuatro días hábiles para corregir sus declaraciones con el objeto de ajustarse al porcentaje de sexo, ya sea retirando candidaturas o declarando otras nuevas.
"Dentro de los cinco días siguientes de la corrección, o al vencimiento del plazo en el caso de que el partido no corrija, el Consejo del Servicio Electoral dictará una resolución aceptando o rechazando las declaraciones nuevas y la totalidad de las declaraciones de candidaturas según corresponda", señala el ente electoral.
Dicha decisión será publicada en el sitio electrónico del Servel y podrá ser reclamada ante el Tribunal Calificador de Elecciones dentro de los cinco días siguientes de su publicación, conforme al artículo 20 de la Ley N°18.700.