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Expertos difieren por implicancias de "poder constituyente originario" aprobado por la Convención

"Es como si estuvieran hablando de la Revolución Francesa y no desde el 2021", afirma Sebastián Soto. En tanto, Patricio Zapata señala que "mientras alguien no se suba por el chorro, no es necesariamente algo malo".

24 de Septiembre de 2021 | 17:12 | Redactado por N. Ramírez, Emol
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La Convención Constitucional se definió como un "poder constituyente originario", en su texto de reglamento.

El Mercurio
SANTIAGO.- En el texto del reglamento aprobado hasta ahora por la Convención Constitucional se encuentra una indicación, en el artículo 1°, en que la instancia se autodefine como un "poder constituyente originario".

¿Qué implicancias tiene, en la práctica, esa frase? El tema fue debatido por expertos constitucionales en "Agenda Constitucional" de EmolTV, y no hay una sola opinión.

El profesor de Derecho UC, Sebastián Soto, explica que "en lo jurídico, el poder constituyente originario es aquel que no tiene límites, y eso nace de una vieja doctrina constitucional, un poco añeja, que buscaba constituir poderes constituyentes como respuesta a las monarquías absolutistas. Pero mucha agua ha pasado bajo ese puente, y hoy día en los Estados de Derecho sabemos que no hay poder sin límites, y por eso cuando tantos, sobre todo de la izquierda radical, hablan de poder constituyente originario es como si estuvieran hablando de la Revolución Francesa y no desde el 2021".

A su juicio, "es la vieja nostalgia de un poder sin límites, la vieja ambición de poder que parece dominar a muchos de los que están ahí en la Convención". "A mí no me cabe ninguna duda que el poder constituyente que tiene la Convención no es originario, sino que tiene límites, emana de las reglas democráticas que se dio el Estado, el Congreso Nacional, y por eso la Convención es un órgano más (...) Que se apruebe esa palabra hay que criticarlo duramente, porque nos lleva a una idea equivocada en lo jurídico”, subraya.

En opinión de Pamela Figueroa, académica de la Universidad de Santiago y coordinadora del Observatorio Nueva Constitución, esa frase "tiene una dimensión no solo simbólica, sino que también política, de tratar de explicar cuál es el origen del cambio constitucional", situándolo en el estallido social, desconociendo de paso todos los intentos previos por cambiar la Constitución de 1980. "Me parece que es solo una cuestión de hacer el punto político. Por tanto, en la práctica no implica nada", afirma.

"No significa borrar la historia, pero sí reconocer lo original" del proceso


Por su parte, Patricio Zapata, profesor de Derecho Constitucional de la UC y presidente del Centro Democracia y Comunidad, plantea que "originario" puede no significar solo "ilimitado", sino también que la Convención busque enfatizar que éste es un proceso "inédito, original, único", en que se "quiere cortar, simbólicamente, ese hilo" con lo anterior.

"Aquí hay que asumir un comienzo distinto, que no significa borrar la historia de Chile, pero sí reconocer lo propio, original, inédito, único en la historia de Chile, que es que nosotros hagamos este proceso constituyente con tres llamamientos al pueblo: plebiscito de entrada, elección de los convencionales y plebiscito de salida; con paridad, con independientes, con escaños reservados", afirma.

Agrega que "los profesores de derecho mostramos cuáles son los límites jurídicos, pero la sociedad, el país, desde un punto de vista cultural y político, quiere que se reconozca hasta qué punto esto es algo nuevo. La palabra 'originario' yo creo –estoy tratando de pensar en la mejor lectura posible– busca destacar esto". "Y mientras alguien no se suba por el chorro y salte de ahí y diga entonces 'hacemos lo que queremos', mientras ese paso no se produzca, esto no es necesariamente algo malo y puede ser algo bueno, porque es una auto comprensión", indica.

Cuestionan fórmula para reemplazos y esperan una salida legislativa


Otro punto que se aprobó ayer en la Convención se relaciona con la situación de Rodrigo Rojas Vade, pues en el texto del reglamento se definieron causales para renunciar y un mecanismo para asignar el cupo vacante. "Serán reemplazados por la persona de un mismo género que haya obtenido la siguiente más alta mayoría de la misma lista", señala el texto.

En este tema los analistas coinciden en que la fórmula presenta problemas jurídicos y que se debe buscar, con celeridad, una solución por la vía legislativa.

"No es que simplemente pueda él (Rojas Vade) llegar y mandarse a cambiar, sino que hay un cierto procedimiento (...) Para que haya un reemplazo tiene que haber una declaración de órganos públicos distintos de la Convención. Por eso, todo lo que se aprobó ayer es contrario a derecho y conviene que, o bien legisle el Congreso, o bien el señor Rojas Vade presente su renuncia, el TC la califique y luego no pueda ser reemplazado. Pero la vía fáctica a mí me parece equivocada", afirma Sebastián Soto.

En tanto, Patricio Zapata señala que "de verdad espero que el Congreso rápidamente, si es que se estima importante reemplazar a Rojas Vade, encuentre una fórmula. Eso no es sencillo, y si el Congreso no lo arregla, espero que a nadie se le ocurra implementar la decisión de ayer y presentar el día de mañana a la Convención a una persona que fue candidato y diga 'éste es un nuevo convencional' y empiece un forcejeo, un gallito, para que le paguen, y cada vez que esa persona vote van a haber impugnaciones".

A su juicio "no vale la pena" insistir en esa vía. "Ya ha sido suficientemente dañino el episodio Rojas Vade para la Convención, que la intención de reemplazarlo genere más costos, y estemos varias semanas más discutiendo la situación jurídica del convencional X (reemplazante), que entra de una manera extraña y empieza a complicarnos la vida. Así que yo llamo a la mesa de la Convención, a los vicepresidentes y vicepresidentas, a que no hagan de este problema una cuestión que nos siga acompañando", afirma.

Pamela Figueroa piensa que "esto no lo va a poder resolver por sí misma la Convención" y coincide con que "se puede impugnar cada vez que el convencional de reemplazo participe, si no hay un acuerdo y una formalidad en cómo se da ese reemplazo". "Así que hay un punto que tiene que resolverse lo antes posible y, si hay que encontrar una salida, tiene que ser legislativa, legal, formal", remarca.

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