El Pleno de la Convención Constitucional despachó este jueves el reglamento de Ética, que regirá el trabajo de los convencionales mientras redacten la propuesta de nueva Carta Magna.
Los miembros del órgano cerraron la discusión tras una jornada y media de debate, donde se deliberaron los 73 artículos y el artículo transitorio del Reglamento. En total se realizaron 158 votaciones.
Junto con la inclusión de la definición de negacionismo, que se votó en la mañana, durante la tarde destacó la aprobación de las sanciones a las que serán sometidos los convencionales que no cumplan con las reglas del Reglamento de Ética, realizando cambios sustantivos a la propuesta emanada por la comisión transitoria en lo relativo a la censura y suspensión.
En primera instancia, el texto definitivo señala que "las sanciones establecidas en el presente título no son incompatibles con cualquier otra establecida por vulneración a las leyes de la República" y que el comité externo de Ética ratificado durante esta jornada podrá aplicar las siguientes medidas disciplinarias.
La primera es la de ellas es la
"amonestación", que de acuerdo al texto "consiste en un llamado de atención, formulado por escrito y con publicidad, que se realiza al convencional constituyente responsable de la infracción respectiva". Dicho artículo fue aprobado sin indicaciones.
Luego, se abordó la censura, cuyo texto original señalaba que "es un reproche por escrito que se hace a la o el convencional", el cual implicaba "además la inhabilitación para mantener cargos de responsabilidad dentro de la Convención como coordinación de comisión, vicepresidencia o presidencia".
Dicho artículo fue modificado tras la aprobación por 107 votos a favor y 45 en contra de una indicación respaldada por el Frente Amplio, Colectivo Socialista, Independientes No Neutrales y Vamos por Chile, que suprimió el inciso relativo a la inhabilitación, lo cual fue argumentado por el convencional Maximiliano Hurtado (Colectivo Socialista)
"Lo que se busca es eliminar la facultad que en el texto actual tiene un organismo externo, en este caso el comité de ética, para remover de su cargo a los convencionales que detentan cargos directivos o de coordinación al interior de la Convención", indicó.
En esa línea, sostuvo que "no es conveniente que un organismo externo pueda inmiscuirse a privar a convencionales del cargo, posibilidad que por cierto puede y debe ocurrir según corresponda y según el mérito, pero será siempre este pleno soberano quien tome esa decisión. En el reglamento general esta posibilidad existe".
Eliminación de la suspensión
El siguiente punto derogado fue el de la suspensión, luego de la aprobación por 105 votos a favor, 46 en contra y 3 abstenciones de una enmienda presentada por el Frente Amplio, Colectivo Socialista, Independientes No Neutrales y Vamos por Chile. De acuerdo al texto original, al recibir tres censuras, un convencional sufriría "una suspensión de 15 días corridos sin derecho a voz y con derecho a voto".
Ante ello, el convencional Christian Viera (IND-FA) explicó que "la propuesta original contiene una sanción que es la perdida del derecho a voz ante una reiteración de infracciones. Parece razonable que una persona que reiteradamente es sancionada sea merecedora de una sanción que implique un llamado de atención severo".
"Sin embargo, es necesario tener en consideración que somos representantes como cualquier autoridad electa en el mundo no es solo nuestra voz la que traemos a este espacio. Es la voz de aquellas a quienes representamos, por lo mismo, esta sanción no es solo a la constituyente, es una sanción a quienes representan", recalcó.
El artículo dedicado a las multas fue aprobado sin cambios, estableciendo que "las sanciones establecidas en los artículos anteriores llevarán consigo como pena anexa una multa, la que en el caso de la amonestación oscilará entre en un 5 y 15 por ciento de la dieta mensual; en el caso de la censura, por su mayor gravedad, oscilará entre un 16 y 30 por ciento de la dieta mensual".
"En el caso de las multas, éstas serán descontadas automáticamente al mes siguiente de ejecutoriada la resolución que establece la sanción por parte de la unidad encargada de la gestión administrativa de la Convención Constitucional. El importe de la multa será de beneficio fiscal", indica el documento.
Finalmente, en la revisión del artículo 47 del reglamento, se aprobó por 77 votos a favor, 71 en contra y 5 abstenciones una indicación de Marcos Barraza (PC) que propuso que el Comité de Ética "podrá, con el acuerdo del denunciado, disponer como medidas alternativas disciplinarias".
Entre ellas, está el "ofrecimiento de disculpas públicas, participación en programas de formación y alguna otra medida reparatoria a la víctima, adicional y complementaria, adecuada y proporcionada a la infracción".
"Los programas de formación estarán orientados a la formación en la materia infringida, tales como derechos humanos, relaciones interculturales, igualdad de género, diversidad religiosa o espiritual, o cualquier otra que se requiera", señala la normativa.