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Defensa de Presidente sostiene que acusación constitucional está basada en "hechos falsos" y "especulaciones" sin pruebas

Durante su exposición ante la comisión revisora del líbelo, el abogado que representa al Mandatario, Jorge Gálvez, subrayó que el texto "carece de todo argumento fáctico y jurídico". Mañana continuará su presentación.

29 de Octubre de 2021 | 19:03 | Por Felipe Vargas, Emol
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El Mercurio.
Por tres horas, el abogado penalista Jorge Gálvez expuso este viernes ante la comisión encargada de conocer la acusación constitucional deducida en contra del Presidente Sebastián Piñera por su presunta participación en la venta de la minera Dominga, asegurando que el texto está basado en "hechos falsos" y especulaciones.

Durante su presentación ante la instancia, el jurista fue acompañado por el ministro Secretario General de la Presidencia, Juan José Ossa, quien en la antesala de la cita realizada en la sala Inés Enríquez de la Cámara de Diputados, señaló que el libelo es "se basa en hechos falsos o que han sido relatados de forma mañosa y tergiversada".

Asimismo, el secretario de Estado recalcó que en la ocasión se acreditaría "el evidente mal uso electoral" de la herramienta, tesis que fue desarrollada por Gálvez durante su intervención, en la cual realizó un análisis desde la perspectiva de los hechos y del derecho, subrayando la presencia de situaciones falsas en el documento.

Al respecto, el defensor señaló que "intentaré persuadir a esta comisión para que en que su informe recomiende el rechazo de esta acusación, por cuanto ella carece de todo argumento fáctico y jurídico (…) y pueda comprender que asistimos a una acusación que más allá de un inteligente uso del lenguaje, de una serie de recursos que se utiliza para efectos e adecuar mañosamente la realidad de los hechos, no establece ningún hecho que sea constitutivo de los ilícitos constitucionales que en ella se imputan".

"Demostraré que la acusación se basa en hechos falsos, desde una perspectiva estrictamente fáctica, no tiene ni ofrece prueba de sus dichos, se basa en meras especulaciones que reconoce expresamente como tales. Es decir, frecuentemente hace inferencias y establece sospechas, cuestión que desde luego no satisface el estatuto de una acusación y mucho menos una constitucional", afirmó.

Según Gálvez, la acusación "se basa en hechos ocurridos en el anterior periodo presidencial y esto es muy relevante, por cuanto el texto expreso del artículo 52 número 2, letra A de la Constitución limita la posibilidad de establecer hechos susceptibles de los ilícitos constitucionales invocados al actual periodo".

"La acusación que nos convoca ha intentado revivir hechos del pasado que ya quedaron en su oportunidad demostrados como inefectivos".

Jorge Gálvez, abogado defensor Presidente Piñera
"Mediante una serie de recursos argumentativos bastante forzados, la acusación que nos convoca ha intentado revivir hechos del pasado que ya quedaron en su oportunidad demostrados como inefectivos, que fueron objeto de sucesivos pronunciamientos e investigaciones", agregó.

Entre ellas, mencionó la realizada por parte del Ministerio Público, el juzgado de garantía, la Corte de Apelaciones, la Corte Suprema, la Contraloría, el SII y la Superintendencia de Valores y Seguros, entre otras, las cuales "establecieron las bases fácticas en términos radicalmente distintos de como hoy se intentan construir".

"Además se trata de hechos que no son efectivos, pero que además se tratan de traer desde el pasado para darles una realidad presente y por lo tanto eludir las limitaciones claras que establece la Constitución a efectos de determinar los supuestos de posibles ilícitos constitucionales", remarcó.

Desde la perspectiva de derecho, el jurista sostuvo que "nos encontramos con que se trata de una acusación que malentiende y distorsiona disposiciones legales, constitucionales, tributarias y medioambientales. Confunde actos de gobierno con actos de administración y confunde actos con omisiones".

A su juicio, el texto "no señala actos precisos que configuren las causales de los ilícitos constitucionales imputados y viola de manera flagrante los principios elementales del nivel constitucional y supranacional que limitan la actividad punitiva del Estado, porque además impone una restricción de derechos fundamentales que es la inhabilitación absoluta para el ejercicio de cargos públicos durante el lapso de 5 años, lo que se ha llamado entre la doctrina especializada el destierro político".

Cuestionamiento a las acusaciones

Luego, Gálvez detalló los que a juicio de la defensa son hechos falsos de la acusación en lo que se refiere al primer periodo presidencial de Piñera: "Si bien no los expresa de manera clara, en el transcurso de la comisión y en general a través de los medios y un ejercicio de deducción se sostiene que el Presidente habría intervenido en la venta del proyecto minero Dominga".

"Se sostiene que el proyecto minero habría sido vendido por la familia del Presidente al Grupo Delano; que el acuerdo de venta supuestamente oculto en paraísos fiscales contendría un incentivo de 10 millones de dólares para el Presidente o su familia y que habría favorecido la instalación de un puerto en la zona de La Higuera", recordó.

También calificó como falaz que "este favorecimiento habría consistido en no declarar un área marina costera protegida de múltiples usos y que todo lo anterior habría tenido por objeto hacer operar la cláusula a beneficio personal del Presidente y su familia", junto con subrayar que nada de eso es cierto y que al ser situados entre 2010 y 2014 no pueden ser analizados por el libelo.

En lo que sí correspondería al periodo que puede ser revisado por los parlamentarios según el abogado, dado que habrían ocurrido desde que Piñera asumió por segunda vez en La Moneda, señaló que "en este ejercicio que he denunciado de tratar de traer hechos del pasado, que insisto, son inefectivos y fallados en sentido contrario, los acusadores se han forzado a sostener que el Presidente en su actual mandato habría intervenido en el procedimiento de calificación ambiental del proyecto minero".

"En segundo lugar, que el Presidente habría omitido actuaciones destinadas a proteger la zona de La Higuera para favorecer el proyecto; y en tercer lugar, que uno de tales actos correspondería a omitir la firma del tratado de Escazú, lo que en la acusación se vincula con este presunto deseo del Presidente de favorecer a Dominga".

Al respecto, Gálvez señaló que "no es efectivo que el Presidente haya intervenido en la decisión de venta del proyecto. Ese es un hecho falso, ello fue investigado por el Ministerio Público y es una verdad judicialmente establecida, existe un sobreseimiento total y definitivo, firme y ejecutoriado que determina la inexistencia del hecho y la inocencia del Presidente".

"El proyecto no fue vendido por la familia del Presidente, la venta fue materializada por los gestores del proyecto minero Activa S.A con los compradores del Grupo Délano y el acuerdo fue suscrito sin la comparecencia del representante administrador del fondo formado por la sociedad de los hijos del Presidente", recordó.

En tercer lugar, señaló que "el acuerdo de venta del proyecto no estableció un pago de 10 millones de dólares para la familia del Presidente, como se ha sostenido de manera desacertada durante el trabajo de esta comisión. Por último, debo decir que la declaración de un área marina costera protegida en la zona de La Higuera no era un acto de exclusiva competencia del Presidente como se ha sostenido".

"No hay ningún rastro, ninguna información, prueba, aporte ni un indicio que establezca la acusación en términos de que haya existido una intervención del Presidente, además consultados directamente los seremis que intervinieron manifestaron de manera clara y categórica no haber recibido ningún tipo de comunicación o instrucción", recalcó.

En cuanto a lo de Escazú, sostuvo que "estamos en condición de sostener motivos fundados por los cuales el Presidente en uso de una prerrogativa constitucional exclusiva y excluyente estimó que no era pertinente a los efectos de los intereses de la nación la suscripción de este tratado".

"En él faltaba definición de principios fundamentales que en él se establecían concesiones de jurisdicción que en la historia reciente de nuestro país arriesgan conflictos internacionales con países limítrofes. Para nadie es un misterio, a propósito de cuestiones tales como las diferencias por el rio Silala generó un conflicto con la hermana República de Bolivia", expresó.

Luego de detallar punto por punto, cuando restaban 20 minutos para el cierre de la sesión, la presidenta de la comisión propuso que el jurista continúe mañana a partir de las 10 horas el tercer capítulo de su exposición, ocasión en la que los diputados podrán realizarle consultas sobre la materia.
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