La Tercera Sala de la Corte Suprema resolvió
prohibir a una inmobiliaria en Concepción que continúe con el arriendo temporal, por días y horas, de departamentos del Edificio Concepto Urbano mientras no obtenga el cambio de destino comercial de las propiedades. En su resolución, los magistrados consideraron que
la actividad quebranta el derecho de propiedad, ya que el alto tránsito de personas "lesiona el uso y goce de los espacios comunes del citado inmueble por los otros propietarios".
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