VALPARAISO.- Convencido de los daños que genera a la salud la práctica del boxeo, el diputado democratacristiano Jorge Burgos ingresó a la Cámara Baja junto a los parlamentarios Enrique Accorsi (Por la Democracia) y Juan Bustos (Socialista) un proyecto de ley destinado a regular esta actividad, en atención a los daños irreversibles que sufren quienes lo practican, desde sordera, desprendimiento de retina, pérdida de piezas dentales, deformaciones faciales hasta el drama de la demencia pugilística.
Burgos explicó que diversas asociaciones médicas se han pronunciado sobre los graves efectos de la práctica del boxeo profesional en especial considerando el daño que genera a través del conocido knock out "que en rigor no es otra cosa que un traumatismo craneano (TEC)", y en el knock out técnico se deja al rival absolutamente imposibilitado de seguir combatiendo a través de fuertes golpes.
Burgos agregó que la práctica de actividades deportivas debe tener directa relación con la salud de las personas y que se requiere promover aquellas que fortalezcan el beneficio corporal.
"Los daños que genera el boxeo son evidentes y en nada favorecen a la salud de quienes lo practican, incluso las propias organizaciones médicas han solicitado que se prohiba, considerando el efecto acumulativo del daño producido a nivel neurológico y eventualmente orgánico como resultado de los golpes recibidos en la práctica de esta actividad que tiene por fin derrotar a un oponente por medio del daño causado al oponente".
Los parlamentarios autores de la iniciativa explicaron que, desde la perspectiva médica, "el boxeo provoca deterioro cerebral crónico, complicaciones como el hematoma intracerebral, el hematoma subdural, todos los cuales llevan a la muerte o dejan afectado enormemente al boxeador".
Existe además certeza de daño al aparato respiratorio, fracturas variadas, sordera, desprendias dentales, deformaciones faciales, traumatismos graves de vísceras intraabodminales, artrosis de extremidades de las articulares superiores, y otros. Hasta el drama de la demencia pugílistica irreversible.
El texto propone sancionar con penas de presidio menor en su grado mínimo o multa de 10 a 500 UTM a quienes practiquen de manera profesional el boxeo o a quienes organicen, financien asesoren o provean lugares para desarrollar esta actividad en forma profesional.
La moción dice que sólo se permitirá la práctica del boxeo a nivel aficionado o no profesional, el que sólo podrá realizarse en clubes deportivos registrados en el Instituto Nacional del Deporte y el Comité Olímpico de Chile en gimnasios y recintos deportivos que cuenten con las instalaciones deportivas y sanitarias aptas para el desarrollo de la actividad.