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FIFA no cumple todas las normas antidopaje de la AMA

La Agencia Mundial Antidopaje (AMA) ganó el "round" que tenía con el organismo futbolístico ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS), por las diferencias que existen en sus normativas contra el dopaje.

24 de Abril de 2006 | 10:00 | EFE
LAUSANA, Suiza.- El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS), con sede en Lausana, dictó que la normativa de la FIFA "no se ajusta completamente" al código de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA), el cual es aceptado por la comunidad deportiva internacional.

Las partes habían solicitado al TAS un informe a este respecto, ante la imposibilidad de ponerse de acuerdo. La FIFA sostenía que su legislación antidopaje se ajustaba literalmente al Código de la AMA, mientras que la Agencia opinaba lo contrario.

Las sanciones y la autorización de exenciones terapéuticas para el consumo de ciertos productos dopantes eran los principales puntos de desacuerdo entre ambas instituciones.

La decisión del TAS no es vinculante, aunque supone una victoria moral de la AMA, y su presidente Dick Pound, sobre la FIFA y su timonel Joseph Blatter. Ambos son miembros del COI, pero han mantenido sobre este asunto serias discrepancias que les llevaron a recurrir al arbitraje.

"Esta opinión independiente confirma que las reglas antidopaje de la FIFA no se ajustan al Código Mundial Antidopaje", informó Pound en un comunicado.

"Ahora esperaremos a ver si la FIFA desea nuestro consejo para asegurar que sus normas se corrigen a tiempo para el Mundial del próximo verano en Alemania y el comienzo de los torneos de clasificación olímpica", añade.

La AMA estima que "sólo" una sanción mínima de dos años "constituye un elemento creíble de disuasión contra el dopaje" y recuerda: "La Carta Olímpica establece que ningún deporte puede ser incluido o mantenerse en los Juegos Olímpicos si no cumple con el Código Mundial Antidopaje".

La FIFA emitió igualmente un comunicado en el que admite que, según el TAS, "existen diferencias entre las disposiciones de la FIFA y el Código de la AMA en seis puntos", que son "sustanciales en tres casos".

Sin embargo, interpreta el fallo como una victoria propia por estimar que "confirma la llamada 'gestión individual de casos' que la FIFA pone en práctica para sancionar las infracciones de dopaje".

Los asuntos en los que las discrepancias resultan "sustanciales" son, según el organismo futbolístico, "la extensión de la pena de dos años, que el Código de la AMA considera estándar y la FIFA estima como pena máxima, así como la pena mínima de seis meses de la FIFA y de un año de la AMA"; "la posible despenalización en el caso de que se pruebe la no culpabilidad"; y "el derecho de recurso de apelación contra decisiones de última instancia que concede a la AMA en su reglamento".

Según FIFA, el TAS "indica a la AMA que contraviene el derecho suizo con una disposición contra la prescripción de una infracción".