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Diputados argentinos aprueban con límites Ley de Competitividad

La Cámara de Diputados argentina aprobó este lunes en general, pero con límites, las cláusulas de la Ley de Competitividad. La iniciativa será vista esta tarde, en su último trámite, por el Senado.

26 de Marzo de 2001 | 11:29 | ValorFuturo
BUENOS AIRES.- Tras una maratónica sesión, la Cámara de Diputados argentina aprobó este lunes en general, pero con límites, las cláusulas de la Ley de Competitividad que otorgan -por un año- poderes extraordinarios al Gobierno para reformar el Estado, desregular y modificar esquemas impositivos en una economía en emergencia por la recesión y el ahogo financiero.

La iniciativa será vista esta tarde, en su último trámite, por el Senado.
El debate en la Cámara Baja se inició el domingo por la tarde y continuó durante toda la madrugada del lunes, ya que según han advertido algunos analistas a inversores, el plan de reactivación ideado por el ministro de Economía, Domingo Cavallo, no podrá ser puesto en práctica sin los poderes especiales.

Estas atribuciones le permitirán al Poder Ejecutivo aprobar a través de decretos presidenciales normas que legislen sobre varios sectores que tenía vedados sin tener que recurrir al Congreso.

Entre otras cosas, los poderes le permitirán al gobierno llevar adelante reformas del Estado para reducir el abultado déficit público, garantizar operaciones de deuda pública con activos estatales, y reducir y crear nuevos impuestos y tasas.

Sin embargo, los diputados reformaron el proyecto original dejando al Poder Ejecutivo sin facultades para modificar las condiciones de empleo de los trabajadores estatales; reformar leyes laborales o de pensiones que rijan en todo el país; y llevar adelante privatizaciones de entes públicos.

El peronismo, que es la segunda fuerza en la Cámara de Diputados detrás de la gobernante Alianza y que controla el Senado, en un principio se negó a respaldar la delegación de poderes, pero finalmente accedió a dar el quórum necesario para que la Cámara Baja sesionara y dejó a sus legisladores con libertar para rechazar o apoyar la norma.

El viernes, el Congreso ya había aprobado la primer parte de una serie de medidas, incluida una que establece un impuesto de 0,6% a las operaciones bancarias.

Entre otros aspectos, la Ley de Competitividad habilita la creación de un nuevo impuesto y modifica la ley del cheque, para facilitar rápida recaudación y posibilitar salir de la recesión, pero no se podrán rebajar salarios ni jubilaciones, ni despedir empleados públicos y tampoco privatizar el Banco Nación (principal entidad oficial de crédito).

Los puntos centrales aprobados este lunes son:

1. Permite una profunda reforma del Estado a través de la fusión o centralización de organismos públicos y reforma de ministerios.

2. Da facultades al Poder Ejecutivo para intervenir y modificar los mercados de capitales y de seguros.

3. Autoriza a garantizar los títulos de la deuda externa (US$ 150.000 millones, 51% del PIB) con recursos y activos públicos.

4. Habilita a crear o eliminar exenciones impositivas. Se faculta al Poder Ejecutivo a gravar con el impuesto a las ganancias a acciones, títulos, bonos y demás títulos de valores.

5. El Gobierno recibe esos poderes por un año, caducando automáticamente. Las decisiones que apruebe en el ejercicio de este poder tendrán validez y continuidad más allá de ese lapso como cualquier ley, salvo que el Congreso las modifique o las derogue después con otra ley.

En tanto, los tópicos aprobados el viernes por ambas Cámaras incluyen:

1. A partir del 1 de abril de 2001 regirá un impuesto de 0,6 por mil que gravará a los depósitos y extracciones de cuenta corriente.

2. Se reduce de 10.000 a 1.000 pesos (igual dólares) el monto mínimo para pagar con cheque o tarjeta de crédito cualquier tipo de compra.

3. El nuevo impuesto podría ser un pago a cuenta de los impuestos a las Ganancias o IVA (valor agregado), y también de monotributo (trabajadores independientes).

4. Los titulares de cuenta corriente cerradas por haber librado cheques sin fondos u otros defectos formales podrán renegociar con el banco su reapertura o bien habilitar una nueva en otra entidad.

5. La reglamentación de la ley será dada a conocer el próximo martes, al regreso de Cavallo de España.

6. No pagarán el impuesto a cuentas corrientes, los créditos y débitos correspondientes a salarios, jubilaciones y pensiones que se realizan por vía bancaria.

7. Se garantiza la vigencia del subsidio a las naftas patagónicas (provincias del sur del país) y el Fondo del Tabaco (provincias del noroeste).

8. Los fondos que se recauden por el nuevo gravamen serán destinados al Fondo de Emergencia Pública, cuyo producido apunta a reducir los costos empresarios en un 20%. De esta forma se trataría de compensar la sobrevaluación de la moneda contra el dólar y mejorar las condiciones de competencia de las empresas.
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