SANTIAGO.- El vicepresidente de la República, José Miguel Insulza; el ministro de Vivienda y Urbanismo, Jaime Ravinet; y el ministro de justicia, Luis Bates, firmaron hoy el decreto que promulga la ley 19.932, destinada a establecer garantías para los contratos de promesa de compraventa de inmuebles "en verde".
Jaime Ravinet, ante una numerosa concurrencia integrada por parlamentarios, alcaldes, empresarios y representantes de la Cámara Chilena de la Construcción, señaló que "la ley fue iniciativa de los diputados Juan Bustos y Patricio Hales y del ex diputado Sergio Elgueta, y destacó que da cuenta de un problema social que ya habían detectado y que tuvo el apoyo del gobierno, por su importancia".
"Hubo gente que perdió el 100% de su dinero cuando la empresa a la que había adquirido su vivienda quebró y no terminó las obras", agregó.
El personero de Gobierno añadió que además, la ley estimula la compra en proceso de construcción y protege a los que la adquieren, obligando a la empresa inmobiliaria o constructora a constituir una boleta de garantía bancaria o una póliza de seguro por los dineros que anticipe el consumidor a cuenta del precio.
Insistió también, que la ley obliga a que estos contratos de promesa sean realizados por instrumento privado autorizado ante notario, estableciéndose, además, una figura penal para su inflexión, cuando haya dolo.
A juicio del vicepresidente José Miguel Insulza, la ley "da garantías a todos, porque no es una norma contra constructores y vendedores, ni una ley parcial en mero beneficio de los compradores; es una ley que regula, facilita y establece un escenario de confianza y garantía, para que la aspiración de la vivienda propia llegue a término de la manera más eficiente y cada vez más satisfactoria para todos".
La norma legal permitirá evitar los daños que sufren quienes firman promesas de compraventa de obras "en verde", cuando han adelantado parte del precio, pero la empresa inmobiliaria no les entrega el inmueble a tiempo o quiebra, y pierden la posibilidad de recuperar el dinero pagado.
En adelante, al momento de celebrar una promesa de compraventa, deberán constituir una garantía (póliza de seguro o boleta de garantía bancaria) que asegure la recuperación la plata pagada como parte de lo que cuesta la vivienda, en caso de que la venta no se cumpla.
Por otra parte, podrá considerarse como estafa el hecho de no establecer dicha garantía, cuando se celebra un contrato de promesa de compraventa. Asimismo, los notarios no autorizarán los contratos de promesa de compraventa si no se ha constituido la garantía a favor del comprador.