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Emiten fallo a favor de Perú en caso Lucchetti

La sentencia concluye que el Acuerdo para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones (APPI) entre los gobiernos del Perú y Chile no se aplica al caso Lucchetti y, por lo tanto, no otorga jurisdicción al CIADI para pronunciarse sobre este tema.

08 de Febrero de 2005 | 09:09 | El Comercio de Perú, GDA
SANTIAGO.- El Tribunal Arbitral formado ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) del Banco Mundial falló a favor del Estado peruano al establecer que no es competente para pronunciarse sobre la controversia planteada por la empresa chilena Lucchetti por el cierre de su planta en Lima.

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