SANTIAGO.- La Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, en una resolución unánime, acogió el recurso de protección presentado por la empresa Thunderbird S.A. que consideraba arbitraria e ilegal la decisión de la Superintendencia de Casinos de dejarla fuera, en cuatro ciudades, del proceso de licitación de casinos.
En una extensa resolución el tribunal consideró que los oficios ordinarios número 120 y la resolución exenta número 129 emitida por el Superintendente de Casinos, Francisco Javier Leiva, van en contra de los derechos de la empresa recurrente, por lo que los deja sin efecto.
En el considerando número 14, la Corte sostiene que la aplicación que el Superintendente de Casinos dio a la exigencia contemplada en el artículo 17, letra C de la ley del ramo, "constituye un acto arbitrario que afecta los intereses de ésta (la recurrente), particularmente en su derecho consagrado en el artículo 19, números 21 y 24 de la Carta Fundamental, referidos a las garantías de desarrollar cualquier actividad económica lícita y al derecho de propiedad".
Con su decisión, la Séptima Sala sostiene que la Superintendencia debe tener por presentada "en tiempo y forma la solicitud de permiso de operación de la recurrente por lo que esta podrá participar del proceso de licitación correspondiente".
La decisión recurrida fue la interprestación que el superintendente hizo del artículo 17 de la Ley de Casinos, en el sentido de que, a su jucio, la peticionaria no habría enterado al momento de la constitución de la sociedad el 50% del capital social exigido por dicha disposición.
La Sala estuvo integrada por los ministros Hugo Dolmestch, Raúl Rocha y Carlos Gajardo.
La disputa entre Thunderbird y la Superintendencia surgió luego de que la autoridad excluyó a la empresa del proceso de entrega de licencias de operación, por incumplimientos en la conformación de sus sociedades postulantes.