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Conozca qué servicios se pueden cobrar a raíz del terremoto (II)

Algunas consideraciones a raíz de la tragedia ocurrida el 27 de febrero.

22 de Septiembre de 2010 | 16:39 | El Mercurio
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El Mercurio

SANTIAGO.- Por causa del terremoto hubo muchos servicios que sufrieron interrupciones o fueron cortados por horas, días y hasta semanas.


Por esto, el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) explica que los consumidores tienen derecho a que las empresas no les cobren por servicios no prestados y que, en caso de haberse pagado igual, se realicen las compensaciones correspondientes por parte de las empresas.


Estas indemnizaciones ya han sido anunciadas, por ejemplo, por las compañías telefónicas, que en la boleta de este mes comenzarán a aplicar los descuentos.


Y aunque es obligación de las empresas contabilizar y no cobrar los servicios no prestados, es importante que los clientes revisen sus boletas y hagan valer sus derechos en caso de que éstos no hayan sido respetados por la empresa.


Si un consumidor sufrió un daño mayor, dice el Sernac, "tiene derecho a exigir las indemnizaciones o compensaciones en la Justicia".


En el caso de los avisos de los bancos, que anunciaron que después del terremoto se desfasaba el pago de créditos, algunos en un mes, es esto lo que se tiene que respetar. El Sernac ha detectado que muchos clientes han reclamado que el desfase no era más que una "acumulación de dos cobros", que no es lo que se anunció, así que todos los consumidores tienen derecho a exigir que se respete lo prometido.