SANTIAGO.- Después de un dilatado juicio de seis años, con fecha 28 de septiembre de 2010, el 14 Juzgado Civil de Santiago falló en primera instancia a favor de los clientes en una demanda colectiva contra el BancoEstado, interpuesta por la organización de consumidores Conadecus.
Se trata de una acción judicial por el supuesto cobro indebido de comisiones de mantención a las cuentas de ahorro a la vista, que involucra- por su carácter de colectiva- a más de un millón de clientes a lo largo de todo Chile.
La sentencia fue dictada por el Juez Titular del Décimo Cuarto Juzgado Civil de Santiago, Osvaldo Correa Rojas.
"Un triunfo histórico obtenido por primera vez en una causa colectiva de esta magnitud y en la que se encuentra involucrado un organismo estatal", dijeron representantes de Conadecus.
Hernán Calderón, dijo que se trata de la primera causa colectiva llevada a cabo en el país, en virtud de este tipo de figura, establecida en las modificaciones que se hiceron a la Ley del Consumidor el año 2004.
Según la entidad, de acuerdo los peritajes establecidos en el proceso, unas 570 mil libretas de ahorro a la vista se mantienen vigentes y activas y, por ende, debieran recibir devolución de los recursos involucrados, mientras que otras 400 mil fueron cerradas por la citada institución financiera al extinguirse los fondos, precisamente por no cubiri-dijo- los citados cobros de mantención.
Otras 300 mil libretas, según el organismo, no tenían este tipo de cobros porque tenían los beneficios asociados a convenios con organismos públicos, empresas y otros.
Conadecus precisó que todas estas cifras deberán ser rechequeadas por la organización, según los pasos que vayan desarrollándose en el proceso.
Calderón indicó que los próximos pasos a seguir es pedirle a la Superintendencia de Bancos y los propios Tribunales que soliciten al BancoEstado realizar las provisiones del caso para efectos de la devolución de los citados recursos, incluso para aquellas personas cuyas cuentas fueron cerradas.
El dirigente indicó que este producto es muy usado, particularmente por personas de la tercera edad, que no tiene posibilidad de tener otro tipo de productos bancarios, porque allí se depositan recursos que son girados sin mayores restricciones, dado que estas libretas no generan mayores reajustes ni intereses.
El fallo de primera instancia puede ser apelado a la Corte Suprema.