Ministro Larraín (en la foto en el Congreso) anunció hoy las modificaciones al Sistema de Alta Dirección Pública.
El MercurioSANTIAGO.-El ministro de Hacienda, Felipe Larraín dio a conocer este martes un instructivo destinado a perfeccionar el Sistema de Alta Dirección Pública, mediante el cual se designa a los altos cargos del Estado a través de concursos públicos, en virtud de sus méritos por sobre otras consideraciones.
Según explicó el secretario de Estado, la nueva disposición privilegiará el mérito y luego la confianza de los jefes de servicio, en orden a reducir los plazos de la designación de nuevas autoridades. Con este proyecto, el Gobierno "autolimitará" sus atribuciones, destacaron autoridades.
El instructivo -que comenzó a regir desde hoy- limita además las facultades de los jefes interinos y eleva el costo del despido de las autoridades.
"Ahora el Gobierno se va a autolimitar en las facultades que le dio la ley. O sea, este instructivo lo que hace para profundizar el sistema ADP, es reducir algunas facultades, autolimitar facultades que hoy día le da al Gobierno la ley", explicó.
El citado instructivo se presenta como el paso previo a un proyecto de ley que el Gobierno enviará en los próximos meses al Parlamento para consagrar las modificaciones.
“El Gobierno del Presidente Piñera valora el sistema de Alta Dirección Pública. Es parte integral de la modernización del Estado y por eso en los meses pasados este Ministerio ha trabajado en el tema”, dijo el ministro Larraín, junto al director del Servicio Civil y presidente del Consejo de Alta Dirección Pública, Carlos Williamson, y al asesor senior del Ministro de Hacienda, Salvador Valdés.
“El Gobierno del Presidente Piñera está comprometido con el concepto de que el mérito sea el filtro inicial en la selección de directivos de la Alta Dirección Pública. Esto es compatible —y lo ha sido desde 2004— con que el segundo filtro sea la confianza, como dispone expresamente la ley”, expresó.
“No estamos disponibles para invertir el orden de estos filtros, porque ello significaría volver al sistema previo a 2003. Este Gobierno se ha apegado estrictamente a la ley, y ahora se autolimita en algunas facultades que da la ley, por medio de este Instructivo Presidencial”, recalcó.
El Jefe de las Finanzas Públicas informó que desde el 10 de marzo y hasta agosto de 2010, se ha mantenido la confianza a más del 80% de los 440 directivos de segundo nivel que había el 11 de marzo, y a más del 40% de los 68 directivos de primer nivel que había el 11 de marzo.
El ministro Larraín dijo que el Ejecutivo enviará dentro de los próximos dos a tres meses un proyecto de ley “corto”, para fortalecer el sistema de Alta Dirección Pública.
Detalló que sus principales orientaciones serán tres: trasladar a la ley los plazos que hacen más expedito el proceso de selección; trasladar a la ley las mejoras que este Instructivo Presidencial impone al funcionamiento de los cargos “interinos”, y agregar otras, y agilizar el pago de las indemnizaciones para los cargos elegidos bajo el sistema de Alta Dirección Pública.
El instructivo presidencial relacionado al Sistema de Alta Dirección Pública, obliga a Ministros, Subsecretarios y Jefes de Servicio a:
- Agilizar los concursos, imponiendo plazos exigentes en las subetapas. Por ejemplo, reduce a la mitad el tiempo entre que se produce una vacante y se abre el concurso.
- Abreviar la duración de los nombramientos transitorios y provisionales (“interinos”) a seis meses, extendible por única vez por otros seis. En cambio, la ley permitía que después de 12 meses, si el concurso no era resuelto, el “interino” pudiera continuar sin límite de tiempo, previo informe positivo de la Dirección Nacional del Servicio Civil.
- Instruye a los “interinos” a invocar su calidad transitoria y provisional en sus actuaciones de carácter público.
a) El carácter público de una actuación será definido por un Instructivo que emitirá la Dirección Nacional del Servicio Civil.
b) La página web de la Dirección Nacional del Servicio Civil publicará de manera destacada la nómina de Directivos Transitorios y Provisionales.
- En el caso de “interinos” de primer nivel:
a) No podrán remover a un directivo de segundo nivel sin la aprobación previa y por escrito del Ministro del ramo.
b) Si un “interino” de primer nivel recibe una nómina para elegir directivos de segundo nivel, deberá postergar su decisión, no pudiendo rechazar la nómina ni seleccionar un directivo, mientras él mismo no gane el concurso para ser titular.
- “Interinos” de primer y segundo nivel:
Cuando un “interino” no quede seleccionado para la primera nómina que genere el sistema para ese cargo, entonces queda prohibido seleccionarlo desde nóminas subsiguientes. Así se impide usar el rechazo de nóminas para lograr que “interinos” de menor mérito avancen a la siguiente nómina.