SANTIAGO.- El abogado Andrés Parra Vergara, quien lleva el caso de la demanda colectiva contra el BancoEstado por pagos de intereses en cuentas vista, estimó que en el caso de las llamadas "ventas atadas" es posible también una acción colectiva para los contratos suscritos con anterioridad a la norma dictada por la Superintendencia de Bancos en septiembre, esta vez por efectos de la Ley de Consumidor.
Parra, también presidente de la Asociación de Abogados y socio del Estudio "Parra, Rivera Abogados", explicó a Emol que una acción colectiva de este tipo puede presentarse por tres vías: A partir de una acción legal de una asociación de consumidores (como es el caso de BancoEstado), por parte de un mínimo de 50 personas que se consideren afectadas y por el propio organismo regulador de la defensa de los consumidores, el Sernac.
Una acción legal colectiva tiene la ventaja que de conseguir resultados favorables para todos quienes se encuentren en la misma situación jurídica, no sólo para quienes demandaron.
- ¿Si voy mañana a un banco y me dicen: usted tiene que incluir también en su operación hipotecaria una cuenta corriente para acceder a una tasa preferencial, yo puedo demandar por Ley de Consumidor?
- Si, efectivamente, pero el consumidor debe reclamarlo, puesto que no opera de pleno derecho, hay que solicitarlo en el Tribunal y el juez tiene que ordenarlo. Es el mismo problema que se produce cuando en las casas comerciales cuando le dicen "mire existe este descuento, pero sólo si paga con la tarjeta", es exactamente lo mismo, acá dicen le mantenemos la tasas, pero sólo si usted es cuentacorrentista. Desde el punto de vista de la interpretación yo le estoy dando un beneficio a "mis clientes" y además no sólo está la cuenta corriente, sino que también tiene que sacar las tarjetas bancarias y varios seguros... y todo eso es porque le están diciendo al ejecutivo "usted gana comisión y metas por cada uno de estos productos"...
- Una operación que se hizo antes de esta discusión, cuando derechamente se planteaba por parte de los bancos que había que suscribir una cuenta corriente. ¿Puedo hacer algo desde el punto de vista de legal?
- Claro, puedo partir reclamando directamente al Sernac y es importante hacerlo a través de dicha institución, porque ellos llevan además estadísticas, entonces cuando uno hizo una denuncia queda registrada y después se puede ver que tal institución tiene tantas denuncias por este mismo hecho.
- ¿Esto tiene plazo?...
- Hasta seis meses, en los casos de los contratos, porque fue el hecho puntual al contratar, distinto es que yo alegue que los efectos del contrato se siguen produciendo ahora como para eludir un poco la prescripción.
- Sólo seis meses...
- Con seguridad hasta seis meses atrás, después es interpretable, ya que puedo interpretar que hasta el día de hoy los efectos de ese contrato, que a mi juicio es ilegal, siguen produciéndose, y por lo tanto, hasta el día de hoy no ha empezado a correr el plazo de prescripción...
- ¿Conadecus no ha tomado contacto con ustedes para una eventual acción de ese tipo?
- Hemos conversado el tema, estamos estudiándolo, pero no hemos conversado para demandar...
- ¿Y qué pasa si voy al banco y digo 'ustedes me obligaron a tomar esta cuenta corriente y quiero eliminarla hoy' y el banco me dice 'no', porque si no, me tienen que subir la tasa?
- Son cosas independientes...siempre se va a poder eliminar uno de estos productos, distinto es que el banco lo acepte, porque si uno mira los contratos de compraventa, donde se fijan las tasas, en ninguna parte se dice, del contrato, que se va a pagar mediante la cuenta corriente, entonces no forma parte del contrato, forma parte de otros acuerdos comerciales, por lo tanto, no modifica el contrato y por eso yo puedo cambiarlo, porque no podría el banco modificarlo unilateralmente ni yo como cliente tampoco. Cualquier modificación del contrato es acuerdo de las partes y se firma por escritura pública, pero esto no forma parte de los contratos, forma parte de las políticas del banco, o sea el banco podría decir yo me niego a cerrar la cuenta y allí se puede reclamar a la Superintendencia para obligarlo a cerrar la cuenta.
- El argumento es que se descuenta automáticamente...
- El banco dice: "no si estamos facilitándole el pago", el descuento, pero resulta que a lo mejor ese mes yo no quiero pagar porque quiero destinar esa plata a otra cosa y el banco entonces no me pregunta qué quiero hacer con la plata, si tengo una enfermedad o un cumpleaños, sino que simplemente me quita la plata no más, no pregunta y como me agrega líneas de crédito, no se hace problema y saca de las líneas de crédito sin preguntarme...
- Entonces una organización de consumidores como Canadecus eventualmente podría entablar una demanda colectiva como la que se hizo contra del Bancoestado?
- Sí, claro, y el respaldo sería la Ley de Consumidor y por eso creo que debiera partir el propio Sernac haciéndolo. Me llama la atención que habiéndose manifestado tan preocupado del tema, no se haya hecho nada al respecto. Antes lo hacía, aunque se llegaba finalmente a acuerdos, pero ahora se amenaza y no se ha hecho ninguna de este tipo. Pero de estas materias, donde el director del Sernac actual dice que son abiertamente ilegales, no he visto yo ninguna acción y no sé a qué se debe.
La polémica de los seguros y el terremoto
Otro problema que se ha generado con el tema de las "ventas atadas" ha sido el de la contratación obligada de seguros, donde- dice Parra-, también el usuario se ha llevado sorpresas a la hora de cobrar, por ejemplo, por los daños del último terremoto.
En esto- explica- las instituciones financieras, que actúan mediante un mandato para la contratación de los seguros respectivos, se han- como dice la expresión popular- "lavado las manos" y los usuarios se han topado que lo que habían suscrito como seguros contra sismos tenían cobertura inferiores que las que pensaban.
"Hay bancos que hicieron buenos contratos y otros que hicieron malos contratos, donde no se contrató por lo que la gente quería que era que se cubriera el 100% de la pérdida en caso de pérdida, sino que ellos contrataron por menos y la gente nunca supo, hasta que fue a cobrar, después del terremoto", apunta.
"Las compañías (de seguro) están pagando lo que se contrató. El problema es que se contrató mal y lo contrató el banco mal y éste ultimo, se lava las manos dejando al cliente a su suerte", dice.
Y si se va a la Superintendencia de Valores, ésta dice que es un "problema entre privados", apunta.
Acota que hay otros casos increíbles en toma de seguros, en otros sectores, en que, por ejemplo, a una persona jubilada lo obligan a contratar un seguro de cesantía.