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Eliminan "cláusulas de amarre" en contratos de empresas de rescate médico

El Sernac detectó varias estipulaciones tanto de la empresa Help y la Unidad Coronaria Móvil que podrían dejar abierta la posibilidad de abusos.

03 de Enero de 2012 | 12:52 | Emol
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El Mercurio

SANTIAGO.- El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) informó que se eliminarán las "cláusulas de amarre" en los contratos de empresas de rescate médico, luego que la entidad detectara que varias estipulaciones tanto de la empresa Help y la Unidad Coronaria Móvil, podrían dejar abierta la posibilidad de abusos.


Las principales cláusulas objetadas por el organismo son las "de amarre" o aquellas que ponen barreras al consumidor para terminar el contrato al renovarlo automáticamente por un año o más. De esta forma, se mantiene al consumidor cautivo del Servicio sin que pueda salir aunque ya no lo necesite o no lo quiera.


Asimismo, exigió la eliminación de las cláusulas en que la empresa se exime anticipadamente de responsabilidad ante sus incumplimientos e impiden al consumidor reclamar. Por ejemplo, en caso de atrasos que se atribuyen a "fuerza mayor" por congestión vehicular o lo inaccesible del lugar.


Sin embargo, a juicio del Sernac una empresa profesional que se dedica a este negocio, debe prever esas situaciones que son de común ocurrencia y, de existir un caso de fuerza mayor, deberá probarlo.


Otras cláusulas detectadas en este mercado donde la empresa puede aumentar o reajustar el valor del servicio sin consentimiento del consumidor, otra que permiten a la compañía no prestar el servicio en caso de que el consumidor esté atrasado en el pago de la cuota sin antes evaluar si se  trata de un caso de emergencia.


También hay artículos donde la empresa declara que por ningún concepto devolverán dinero, además de contratos con espacios en blanco y letra chica.


Ambas empresas ajustaron el 100% de las cláusulas objetadas y deberán informar a sus clientes de los nuevos contratos lo que beneficiará a 200 mil clientes.


Respecto a las cláusulas de amarre, los contratos tendrán una duración de 1 año y después de ese plazo los consumidores podrán terminar con el servicio sin ninguna barrera, sólo enviando una carta en dicho sentido. Asimismo, los aumentos de precio deberán ser con el consentimiento del consumidor o responder a parámetros objetivos.

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