EMOLTV

Corte libera a ex ejecutiva de La Polar y concende arresto domiciliario nocturno

El tribunal de alzada capitalino revocó la prisión preventiva de María Isabel Farah quien llevaba cuatro meses presa en la Cárcel de Mujeres. Era la única ex gerenta de la empresa que estaba en un recinto penitenciario.

27 de Abril de 2012 | 12:53 | Emol
imagen

María Isabel Farah recuperará su libertad en las próximas horas, luego de cuatro meses en prisión preventiva.

El Mercurio. (Archivo)

SANTIAGO.- La segunda sala de la Corte de Apelaciones de Santiago revocó la prisión preventiva para la ex ejecutiva de La Polar, María Isabel Farah, sustituyendo la medida cautelar por la de arresto domiciliario nocturno.


De esta forma la ex gerente administrativa de la multitienda será libertada esta tarde desde la Cárcel de Mujeres, donde permanecía recluida desde diciembre del año pasado luego que los fiscales José Morales y Luis Inostroza la formalizarán como responsable del escándalo financiero de las repactaciones unilaterales realizadas por la tienda.


Los jueces Dobra Luksic, Jorge Dahm y Amanda Valdovinos rechazaron los argumentos de la Fiscalía Centro Norte que ha sostinido que la libertad de la imputada -formalizada por uso de información privilegiada, entrega de información falsa al mercado y lavado de dinero- constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.


Tras cuatro meses de prisión preventiva, el tribunal de alzada capitalino determinó que Farah sólo esté privada de libertad durante la noche. Esto significa que en el día la mujer podrá salir de su hogar y hacer una vida parcialmente normal.


Farah era la única de los ex ejecutivos de La Polar formalizados por este caso que se encontraba presa. Hace algunos días atrás, la misma Corte capitalina sustituyó la prisión del ex gerente general Pablo Alcalde y el ex gerente de Productos Financieros, Julián Moreno, por la de arresto domiciliario total.


La fianza de $400 millones que había impuesto el Segundo Juzgado de Garantía para que se revocara la prisión de la ex ejecutiva no fue necesaria aplicarla pues la caución sólo se pide por parte de la justicia cuando el imputado queda totalmente en libertad de tránsito, lo que no es el caso.