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SP multa a AFP Cuprum por no enajenar a tiempo excesos de inversión en La Polar

La superintendencia sostiene que lo ocurrido "deja de manifiesto la falta de diligencia de esa Administradora".

12 de Septiembre de 2012 | 12:03 | Valor Futuro
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Manuel Herrera, El Mercurio

SANTIAGO.- La Superintendencia de Pensiones resolvió multar con UF 600 (más de $13 millones) a AFP Cuprum por no enajenar en el plazo fijado en la normativa los excesos de inversión en instrumentos de La Polar.


Mediante Oficio N°2.078 de fecha 25 de enero de 2012, la Superintendencia notificó a AFP Cuprum que había abierto un expediente de investigación en su contra por las irregularidades antes descritas, formulándole el cargo de mantener excesos de inversión en bonos de las series BLAPO-D y BLAPO-E de La Polar, habiendo vencido el plazo establecido en la normativa vigente para su eliminación.


Tratándose del exceso de inversión en los bonos de la serie BLAPO-D, el plazo establecido para que Cuprum eliminara el exceso de inversión venció el día 7 de septiembre de 2011, sin que cumpliera con esa obligación, manteniendo al día 30 de diciembre de 2011 un exceso de 127.500 unidades, por un valor de $1.347,303 millones.
 
En el caso del exceso de inversión en los bonos de la serie BLAPO-E, el plazo para que Cuprum eliminara el exceso de inversión venció el día 10 de julio de 2011, sin que cumpliera su obligación de eliminarlo, registrando al día 30 de diciembre de 2011 un exceso de 212.000 unidades por un monto de $2.509,261 millones.


Mediante Resolución N° 57 de fecha 9 de septiembre de 2012, se le impuso a Cuprum una multa a beneficio fiscal de UF 600. En dicha resolución se establece que la administradora mantuvo en forma permanente una postura de venta de los instrumentos Blapo D y Blapo E a un precio superior del resto de las posturas.


Además, la AFP inició las gestiones para enajenar los excesos cuando ya había vencido el plazo para la enajenación de los bonos de la serie Blapo E y cuando faltaban pocos días para el vencimiento del plazo para enajenar los bonos de la serie Blapo D, "lo que deja de manifiesto la falta de diligencia de esa Administradora para tratar de enajenarlos y la laxitud en el cumplimiento de su deber legal de regularizar los excesos".
   
La resolución aún no se encuentra ejecutoriada, es decir, procederían recursos de reposición y reclamación que establece la legislación vigente, en caso de interponerse.