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Corte Suprema ratifica multa de 4.500 UF a auditora PWC por actuación en caso La Polar

La defensa de la empresa había presentado un recurso, aludiendo a una responsabilidad de la Sbif como evaluadora de "informes previamente acordados".

21 de Noviembre de 2013 | 19:18 | Valor Futuro
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El Mercurio

SANTIAGO.- La Corte Suprema ratificó un fallo de la Corte de Apelaciones que fijó una multa de 4.500 UF (cerca de $ 116 millones) para la auditora PWC, por un rol calificado de negligente en el caso La Polar.


"En lo concerniente a la procedencia del recurso de queja como modalidad de control jurisdiccional, deducido en el caso sublite con el objeto de enmendar una sentencia definitiva de única instancia confirmatoria de una sanción administrativa aplicada en el ámbito de la potestad sancionatoria o ius puniendi de que está investido el Estado, cabe señalar que de la lectura del recurso y de los antecedentes y argumentos expuestos por las partes se desprende que la materia controvertida versa sobre la mayor o menor extensión de la competencia fiscalizadora y sancionatoria de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras recaída en conductas sólo referentes a los informes sobre estados financieros de los auditores externos o, además, a los denominados “Informes previamente acordados” respecto de una empresa filial de La Polar con giro en la emisión y operación de tarjetas de crédito de la Polar de la referida empresa, materia sobre la que convergen conclusiones diferentes sobre la normativa aplicable", indica una parte del fallo.
   
Esto, debido a que la defensa de PWC, encabezada por el abogado Pablo Rodriguez había presentado un recurso en contra de la resolución de la Corte de Apelaciones, aludiendo a una responsabilidad de la Sbif como evaluadora de "informes previamente acordados" respecto a la emisora de créditos de La Polar, y por ende, sus atribuciones para emitir multas contra la auditora.


"Esta Corte ha sostenido en reiterados fallos que el recurso extraordinario de queja no se ha establecido para corregir errores de interpretación jurídica en términos de provocar una nueva revisión del asunto controvertido en punto a que se dicte sentencia revocatoria en una nueva instancia", manifestó la Suprema en su fallo del 20 de noviembre.
   
El fallo fue pronunciado por la Tercera Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros: Sergio Muñoz, Pedro Pierry, el suplente Carlos Cerda y los abogados Integrantes Luis Bates y Emilio Pfeffer.

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