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Asesor de CPC y reforma laboral: Rol de la DT podría "desnaturalizar" la negociación colectiva

En entrevista concedida a El Mercurio, el miembro de la Comisión Laboral de la entidad gremial, Héctor Humeres, detalla los aspectos que le parecen más destacables de la iniciativa legal.

02 de Enero de 2015 | 10:57 | Emol
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Miembro de la Comisión Laboral de la Confederación de la Producción y del Comercio (CPC), Héctor Humeres.

El Mercurio (Archivo)

SANTIAGO.- El fortalecimiento sindical, en aras de una negociación colectiva más empoderada, es un hecho relevante contenido en el proyecto de ley de reforma laboral, dice el abogado Héctor Humeres. Pero otro punto importante es que, en su opinión, la negociación colectiva podría "desnaturalizarse" dado la fuerte injerencia que ha pasado a ocupar la Dirección del Trabajo (DT).


En entrevista con El Mercurio, el miembro de la Comisión Laboral de la Confederación de la Producción y del Comercio (CPC), Humeres detalla los aspectos que le parecen más destacables de la iniciativa legal 


En primer lugar, deja en claro que aquí no hay derrotados: "En lo que hay que hacer hincapié es que si esta reforma se aprueba, que sea bien aplicada por sus actores, buenos sindicatos y buenos empleadores, más que la intervención de un tercero como puede ser el Estado a través de la Dirección del Trabajo".


De acuerdo al proyecto de ley, la DT ya no solamente actúa a petición de partes, sino que también puede hacerlo en forma obligatoria y forzada en cualquier momento de la negociación, explica.


Dado que la negociación colectiva se concibe fundamentalmente como un procedimiento directo entre empleador y trabajadores organizados, considera que esta intervención del Estado a través de la DT va a requerir mucho criterio de parte del fiscalizador para que no se produzca un desequilibrio, como en tiempos pasados en que se tenía por un lado a los trabajadores y el Estado y por el otro, a los empleadores.


En este sentido Humeres plantea que se hace necesaria la autonomía de la DT, de la cual se declara "partidario acérrimo". Esto es, que los nombramientos fueran del Presidente con acuerdo del Senado, como en el caso del Banco Central, y que la duración en el cargo fuera de ocho años para evitar que los gobiernos metan mano en el tema. "Cristián Melis me merece mucha fe, confío ampliamente en su criterio, pero aquí estamos frente a criterios que van a aplicar los inspectores. Ojalá sean todos criteriosos y capacitados en esta materia", enfatiza.


Por otro lado, valora positivamente el rol preponderante que otorga la reforma a la mediación y al arbitraje que cumple la DT. Estados Unidos tiene una gran tradición en arbitraje laboral y en Chile no se ha producido mucho porque cuesta encontrar personas que den confianza a ambas partes, aunque la experiencia que ha habido con los buenos oficios ha sido bastante buena porque se llega a soluciones técnicamente razonables, comenta el abogado.


La propuesta del Ejecutivo contempla reducir de 4 a 3 años el plazo máximo de vigencia de un contrato colectivo. Además, dispone que la reforma comenzaría a regir 13 meses después de su publicación, lo que también le parece bueno el asesor de la CPC porque permite que se vayan adecuando las estructuras tanto sindicales como empresariales.


Un ámbito en el cual el proyecto le quita la llave a los empleadores es en la negociación interempresa donde ya no se requerirá de su anuencia, sino que operará en forma automática cuando se den las condiciones que establece la ley. La negociación es para los trabajadores de la empresa donde laboran pero negocia el sindicato interempresa con lo cual los trabajadores van a tener mayor respaldo porque es un sindicato más grande con más capacidad económica y asesoría y capacidad de sus dirigentes, precisa Humeres.


Con la titularidad sindical, el empleador pierde la facultad de hacer extensivos unilateralmente los beneficios de la negociación colectiva a trabajadores que no están en el sindicato, lo que podría dar lugar a un análisis de constitucionalidad, dice Humeres.


Pero además, se introduce una norma según la cual los nuevos trabajadores que ingresen a la empresa, en la medida en que se incorporen al sindicato, gozarán de los beneficios del contrato colectivo ya negociado, lo que puede llevar a los empleadores a meditar sobre nuevas contrataciones, dice el abogado. 

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