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Reforma que consagra el fideicomiso ciego se vota mañana en la Sala del Senado

La enmienda en materia de transparencia, modernización del Estado y calidad de la política, tiene suma urgencia para su discusión.

06 de Abril de 2009 | 14:46 | El Mercurio Online

SANTIAGO.- Un intenso debate se prevé para mañana en la Sala del Senado cuando se vote a la reforma constitucional en materia de transparencia, modernización del Estado y calidad de la política, que entre otras medidas consagra la figura del fideicomiso ciego.


La enmienda, que tiene suma urgencia para su discusión, es decir 10 días en cada rama del Congreso, figura en el tercer punto de la tabla de sesiones de mañana martes, por lo que podría comenzar a ser debatida por los senadores.


La enmienda constitucional sobre calidad de la política contempla además, normas para las elecciones primarias y regulaciones a los partidos políticos, entre otras.


En lo fundamental señala que "el Presidente de la República y las demás autoridades que una ley orgánica constitucional señale, deberán declarar sus intereses y patrimonio en forma pública".


Agrega que "asimismo, encomendarán la administración de sus bienes y obligaciones a terceros cuando aquella ley así lo establezca" y "deberán transferir la propiedad de todo o parte de sus bienes y obligaciones en los casos, condiciones y plazos que esa misma ley prescriba".


Este último aspecto fue aprobado previamente por la Comisión de Constitución, en votación dividida, pues los senadores José Antonio Gómez, Pedro Muñoz y Mariano Ruiz-Esquide se pronunciaron a favor, mientras que los senadores Alberto Espina y Andrés Chadwick lo hicieron en contra.


Normas para los partidos


Además de las disposiciones relativas a las máximas autoridades del país, la enmienda constitucional también establece normas para los partidos políticos. Así, señala que "la nómina de sus militantes deberá ser pública y se registrará en el servicio electoral del Estado".


Además, establece un sistema voluntario de elecciones primarias para la nominación de los candidatos a cargos de elección popular, cuyos resultados serán vinculantes para los partidos políticos.


Asimismo, se explicita que "aquéllos que no resulten elegidos en las elecciones primarias no podrán ser candidatos al respectivo cargo".


La reforma constitucional también plantea algunas limitaciones para el uso de las urgencias legislativas por parte del Ejecutivo. En tal sentido señala que el Presidente de la República, "no podrá hacer presente la urgencia en el despacho de un proyecto durante los 30 días anteriores a una elección presidencia, a menos que la funde en exigencias provenientes de los intereses generales o de la seguridad nacional".

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