Lo
que dice el Informe Rettig sobre Colonia Dignidad
A continuación
presentamos un extracto de lo que dice sobre Colonia Dignidad el Informe
Rettig de la Comisión de Verdad y Reconciliación, que
en 1991 fue entregado a la opinión pública por el presidente
Patricio Aylwin:
"La
Comisión tomó conocimiento de un cúmulo de información
sobre el uso que se habría dado al fundo "El Lavadero"
de propiedad de la Sociedad Benefactora y Educacional Dignidad, para
reclusión y tortura de detenidos políticos durante el
período al que se refiere este capítulo. Este fundo es
conocido corrientemente como Colonia Dignidad y se encuentra al interior
de Parral, a las orillas del río Perquilauquén y el estero
El Lavadero, cerca de Catillo.
"En
Colonia Dignidad viven varios centenares de personas, la mayoría
de ellos de nacionalidad alemana. La Sociedad Benefactora y Educacional
Dignidad desarrolla variadas actividades agrícolas y comerciales,
y de beneficencia, entre ellas la mantención de un hospital y
de una escuela, a cuyo financiamiento hace aportes también el
Estado. A lo largo de los años ha habido numerosos incidentes
y denuncias públicas sobre el carácter de Colonia Dignidad,
sus actividades y su régimen de vida interno. Estas denuncias
han dado lugar a muchos reportajes periodísticos, a debates públicos,
a investigaciones parlamentarias y a acciones judiciales de distinto
orden. Al concluirse la redacción de este Informe, se conoció
la decisión del Gobierno de cancelar la personalidad jurídica
a la Sociedad Benefactora y Educacional Dignidad.
"No
corresponde a la Comisión pronunciarse sobre puntos o controversias
que no caen dentro de su mandato. Sin embargo, le es ineludible examinar
y dar a conocer sus conclusiones respecto de las denuncias acerca del
uso que se habría dado a Colonia Dignidad, por algún tipo
de acuerdo entre la DINA y los dirigentes de ese lugar, para mantener
y torturar allí a presos políticos, y en particular sobre
la denuncia de que Colonia Dignidad habría sido el lugar donde
se perdió el rastro de algunos de estos presos. Tal examen y
conclusiones forman parte del mandato de la Comisión de dar a
conocer no sólo las más graves violaciones a los derechos
humanos cometidas durante el período que cubre este informe,
sino también sus antecedentes y circunstancias.
"Para
el examen de esta materia, la Comisión tuvo a la vista las numerosas
declaraciones que se prestaron ante ella, los testimonios y otras pruebas
que obran en expedientes judiciales en Chile y en la República
Federal de Alemania, otra información documental, y un caudal
de antecedentes circunstanciales y referencias de contexto. La Comisión
solicitó por escrito autorización para visitar Colonia
Dignidad, pero los dirigentes de la misma la rehusaron, también
por escrito.
"Ponderados
todos los antecedentes, la Comisión ha llegado a las siguientes
conclusiones:
• Está comprobado que hubo diversas relaciones entre la
DINA y Colonia Dignidad. Consta que una vez constituida la DINA como
Comisión DINA a partir de noviembre de 1973, agentes de esta
organización utilizaron predios como el fundo "El Lavadero"
de la Colonia Dignidad y las hijuelas del antiguo fundo "San Manuel"
al interior de Parral para fines de la DINA, sea para la instrucción
de sus agentes o con otros fines institucionales. Consta también
que una casa ubicada en calle Ignacio Carrera Pinto, ex calle Unión,
N° 262 de Parral, y de la que se sabe que fue utilizada como recinto
por la DINA, específicamente para una brigada de inteligencia
regional, fue adquirida por la Sociedad Benefactora y Educacional Dignidad
por escritura pública del 24 de mayo de 1974, inscrita a su nombre
el año siguiente y vendida en 1986. Se sabe también que
el Director de la DINA y otros agentes de esa organización visitaron
la Colonia Dignidad y parecían mantener cordiales relaciones
con sus dirigentes.
• La Comisión recibió un elevado número de
declaraciones de personas que fueron detenidas por la DINA en Santiago
y dicen haber sido llevadas en algún momento a Colonia Dignidad
y mantenidas allí, cautivas, con la vista vendada, siendo además
sometidas a torturas en ese lugar. También conoció declaraciones
de personas que habrían sido detenidas en la zona de Parral o
en ciudades no alejadas de esa zona y llevadas a Colonia Dignidad, donde
fueron sometidas a similar trato. Un número significativo de
estas declaraciones dan tal razón de sus dichos y son tan circunstanciadas
y concordantes entre sí, así como con otros antecedentes,
-entre ellos las declaraciones de algunos ex agentes de la DINA y aun
de ex-miembros de la propia Colonia Dignidad- que no cabe en conciencia
dudar de su veracidad. La Comisión, por tanto, debe al menos
concluir que un cierto número de personas detenidas por la DINA
efectivamente fueron conducidas a Colonia Dignidad, mantenidas cautivas
allí por un tiempo, y algunas de ellas sometidas a tortura, con
la participación en estos hechos no sólo de agentes de
la DINA sino también de personas que vivían en ese predio.
• La Comisión recibió asimismo algunas denuncias
específicas sobre detenidos desaparecidos (aparte de aquéllos
que estuvieron detenidos solamente por un tiempo en Colonia Dignidad)
cuyo rastro se habría perdido definitivamente en Colonia Dignidad.
Sin perjuicio de que algunos de estos casos la Comisión efectivamente
los considere detenidos desaparecidos, y de existir indicios de que
pudieron haber sido llevados a Colonia Dignidad luego de su aprehensión,
sólo del detenido Alvaro Vallejos Villagrán puede afirmar
en conciencia que desapareció definitivamente luego de su traslado
a Colonia Dignidad.
• La Comisión también ha tomado nota de que otras
fuentes, incluso del extranjero, han llegado asimismo a la conclusión
de que Colonia Dignidad habría sido al menos utilizada como un
centro de detención de presos políticos. Entre estas fuentes
se encuentran voceros del Gobierno de la República Federal de
Alemania y el Grupo de Trabajo sobre Desaparición Forzada de
Personas de las Naciones Unidas. Sin embargo, la Comisión ha
basado sus propias conclusiones en la evidencia que pudo examinar directamente".
|