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Sepa qué le puede pasar si se estaciona mal

Por esta infracción común entre los automovilistas, que puede ser una falta grave o menos grave, se puede llegar a pagar un poco más que $70 mil (1,5 UTM).

19 de Julio de 2017 | 09:51 | Emol
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La infracción por estacionar de manera incorrecta puede ser determinada como una falta menos graves y graves.

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SANTIAGO.- Hace algunos días les contábamos sobre lo que considera la Ley de Tránsito como mal estacionado. Ahora llegó el turno de hablar sobre las consecuencias y las diferentes calificaciones que esta infracción posee.

Es bueno aclarar que se considera como una infracción una falta a la Ley de Tránsito que no ha sido sentenciada. Mientras que multa es aquella en la que ya existe resolución del Juez de Policía Local.


La infracción por aparcar de manera incorrecta puede ser determinada como una falta menos grave y grave. La asignación dependerá de la situación y lugar dónde haya cometido la falta. Sin embargo, por ellas se puede pagar desde un poco más que $23 mil hasta un valor que supera los $70 mil (0,5 a 1,5 UTM).

Cuando se pasa un parte por mal estacionado, existe una fecha en la que el responsable se debe presentar en el juzgado de policía local. Aunque se puede disminuir el valor de la falta en 25% si el infractor se presenta a pagar dentro de los cinco días hábiles posteriores a la fecha de emisión de la boleta de citación, según lo que explica la Municipalidad de Recoleta. Quedan descartadas las faltas consideradas como gravísimas.

Falta menos grave

Los valores de las multas van desde 0,5 a 1 UTM ($23.393 a $46.787 aproximadamente)

Son consideradas infracciones menos graves por mal estacionado (Ley de Tránsito Artículo 199)

1 Estacionar o detener un vehículo en lugares prohibidos sin perjuicio de lo establecido en los números 8, 33 y 43 del artículo anterior, o estacionar en un espacio destinado a vehículos para personas con discapacidad, sin derecho a ello.
2 Detener o estacionar un vehículo en doble fila.
3 Estacionar a menos de 10 metros de una esquina.
4 Estacionar a menos de 5 metros de los grifos para incendio y de diez metros de la entrada de un cuartel de bombas o postas de primeros auxilios y hospitales.
5 Estacionar sobre platabanda.
6 Estacionar al costado izquierdo.
7 Estacionar sobre acera.
8 Estacionar en paseo peatonal.
Falta grave

Los valores de las multas van desde 1 a 1,5 UTM ($46.787 a $70.180 aproximadamente)

Son consideradas infracciones graves por mal estacionado (Ley de Tránsito Artículo 198)

1 Usar estacionamiento exclusivo para discapacitados.
2 Estacionar sin conductor al volante en lugar reservado.
3 Estacionar o bloquear paso peatonal.
4 Detener o estacionar en segunda fila.
5 Estacionar a menos de 10 metros de un signo "PARE", "CEDA EL PASO", de advertencia de peligro, tales como "ESCUELA", "CURVAS" o "PUENTE ANGOSTO".
6 Estacionar frente a puertas de garajes de casas particulares y de estacionamientos comerciales.
7 Estacionar un vehículo a menos de 156 metros de la puerta principal de entradas a recintos militares.
Fuente: Biblioteca del Congreso Nacional
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