Retención de licencia | Si en un control de Carabineros detectan que se debe o tiene pendientes varias multas, la policía se puede quedar con la licencia de conducir. Pero no es todo, ya que también comenzará un proceso judicial que da dos opciones: objetar la multa o asumirla. Allí será el mismo tribunal el que evaluará cuánto será el monto a pagar. Además, para obligar al individuo a saldar la deuda, el carné de manejar no será devuelto hasta que las multas sean pagadas. |
Costos | Mientras antes se pague una infracción, mejor será para el usuario, ya que si el afectado se acerca a pagar la multa dentro de los primeros cinco días luego de ser cursado, se podría acceder hasta un 25% de descuento, a menos que sea una infracción gravísima ya que éstas no tienen rebajas. Si el parte ha sido cursado por TAG, el descuento puede ser del 30%. Mientras que si se deja pasar más del plazo de los cinco días, se estará obligado a cancelar el total del monto. Y es peor si se acumulan, ya que si la infracción llega al Registro de Multas, además de tener que pagar la cifra total, a ésta se le tendrá que sumar el arancel adicional de $2.700. |
Orden de reclusión | Los jueces cuentan con la facultad de hacer llegar una orden de apremio cuando no se pagan multas y si lo decide, puede hacer que el individuo sea sometido a reclusión nocturna por un tiempo que él determinará y que tendrá relación el monto que se adeude. Esta situación se vuelve más probable cuando la multa es muy grave o se es reincidente. |
Permiso de circulación | Si en el Registro de Multas Impagas aparecen las infracciones que no ha cancelado, no podrá obtener el permiso de circulación y esto le podría provocar problemas de intereses, entre otros. Además, si su intención es vender el vehículo, tampoco podrá hacerlo porque en esta situación siempre se le debe entregar al nuevo dueño el certificado de multas para asegurarse de que no exista alguna. |
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