Licencia Clase B: Es la más común en el país y permite conducir vehículos motorizados de tres o más ruedas para el transporte particular de personas, con capacidad de hasta nueve asientos, excluido el conductor.
Licencia Clase C: Permite manejar vehículos motorizados de dos o tres ruedas, con motor fijo o agregado, como motocicletas, motonetas, bicimotos y otros similares.
Licencia clase C restringida: La Conaset indica que esta se exige para conducir un vehículo motorizado de tres ruedas destinado exclusivamente al transporte de carga cuya capacidad no puede superar los 300 kilogramos de peso.
Estas licencias se exigen a personas que desempeñan actividades productivas como el transporte de pasajeros. Cada una tiene sus requisitos específicos pero todas requieren poseer la licencia clase B por al menos dos años.
Licencia Clase A1: Permite conducir taxis
Licencia Clase A2: Permite manejar indistintamente taxis, ambulancias o vehículos motorizados de transporte público y privado, con capacidad de diez a diecisiete asientos, excluido el conductor.
Licencia Clase A3: Permite conducir indistintamente taxis, vehículos de transporte remunerado de escolares, ambulancias o vehículos motorizados de transporte público y privado, sin límite de capacidad de asientos.
Licencia Clase A4: Permite conducir vehículos simples destinados al transporte de carga cuyo Peso Bruto Vehicular sea superior a 3.500 kilogramos.
Licencia Clase A5: Se requiere para conducir todo tipo de vehículos motorizados, simples o articulados, destinados al transporte de carga cuyo Peso Bruto Vehicular sea superior a 3.500 kilogramos.
la Conacet señala además que existen las licencias Clase A1 y A2 antiguas que fueron extendidas antes del 8 de marzo de 1997 y que presentan algunas condiciones especiales en el caso de transporte de pasajeros o de carga, dependiendo del caso.
Estas licencias están relacionadas con actividades profesionales que requieren la conducción de vehículos especiales.
Licencia Clase D: Para maquinaria automotriz: tractores, palas mecánicas y otros.
Licencia Clase E: Vehículos de tracción animal como carretelas, coches, carrozas y otros similares.
Licencia Clase F: para conducir vehículos motorizados policiales, de Bomberos y de las Fuerzas Armadas.
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