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Tras polémico debate en el Senado, Cámara aprueba límite a la reelección: Retroactividad quedó incluida en la ley

Con esto 38 diputados y 13 senadores no podrán repostular a sus cargos en los próximos comicios, ya que se consideró que la ley se aplicará "in actum".

03 de Junio de 2020 | 15:16 | Por Verónica Marín, Emol
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Aplausos se escucharon en la Cámara cuando se aprobó el proyecto.

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Pese al rechazo y tenso debate que se produjo en el Senado, hoy los diputados aprobaron y quedó listo para ser ley el proyecto que establece un límite a la reelección para diputados, senadores, alcaldes, concejales y consejeros regionales.

La iniciativa, que estuvo 14 años en discusión en el Congreso, hará que 38 diputados y 13 senadores no puedan postular a estos mismos cargos en los próximos comicios, ya que se estableció que la norma regirá "in actum".

Así lo determinaron los miembros de la Cámara Baja tras escuchar a varios abogados constitucionalistas como Jorge Correa Sutil y Patricio Zapata que expusieron en la comisión de Constitución, rechazando lo que se planteó en el Senado, donde se estipuló que este sería el primer período a considerar para el límite y por ende no sería retroactivo.

Este punto fue suprimido (que este fuera el primer período) con el voto a favor de 136 diputados, nueve en contra y siete abstenciones.

14 añosse discutió en el Congreso el proyecto que ahora será ley

De esta manera se evitó además que la iniciativa fuera a comisión mixta, algo que fue reiteradamente planteado por los diputados que querían que hoy se despachara del Parlamento, ya que según dijeron a lo largo del debate -cargado por críticas al Senado- querían evitar que se extendiera aún más la tramitación del proyecto o que los senadores pudieran intentar hacer alguna modificación sobre la retroactividad.

Con esto los diputados podrán ser reelectos sucesivamente hasta por dos períodos y los senadores una vez. Los alcaldes podrán ir a la reelección dos veces, al igual que los concejales. Mientras que los consejeros regionales podrán ser reelectos sucesivamente hasta por dos períodos. Se considerará un período cuando se haya cumplido más de la mitad de este.
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