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El choque entre la Contraloría y Carabineros por la investigación sobre el rol de generales en la crisis social

Mientras desde la policía uniformada desestimaron que el organismo fiscalizador tenga competencias para iniciar un sumario contra sus funcionarios, éste recordó que la Constitución sí le otorga facultades.

15 de Septiembre de 2020 | 17:08 | Por Felipe Vargas, Emol
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El Mercurio.
Siete oficiales del alto mando de Carabineros fueron cuestionados por la Contraloría General de la República por el rol que habrían jugado en el incumplimiento de los protocolos de uso de la fuerza, durante el desarrollo de la crisis social, abriendo un sumario en su contra que generó el rechazo de la policía uniformada.

De hecho, en la institución ya están preparando su defensa, cuyo principal argumento se basa en poner en duda las competencias del ente fiscalizador para investigar a los generales, a quienes atribuye responsabilidad en el uso de elementos químicos disuasivos cerca de recintos de salud y por la utilización de escopetas antidisturbios.

En ese contexto, los abogados asesores de los afectados señalaron que "en cuanto a la actuación de la Contraloría el ejercicio de la potestad sancionadora debe ser ejercida de acuerdo a las normas constitucionales y legales vigentes, como asimismo respetando los principios y garantías de todos los ciudadanos".

"Desde este punto de vista, resulta ilegal que la Contraloría se inmiscuya en estas materias, por corresponder su conocimiento de manera exclusiva y excluyente al General Director de Carabineros de Chile, todo ello de acuerdo a la Ley Orgánica Constitucional que los regula y los reglamentos respectivos", añadieron.

Los juristas detallaron que "la Contraloría tampoco puede pronunciarse sobre el mérito o la legalidad de una decisión técnica en el uso de medios o personal empleados para el resguardo del orden público, siendo asuntos que quedan exclusivamente dentro del ámbito de acción y decisión de las Fuerzas de Orden y Seguridad".

"Asimismo, del modo que se han formulado los cargos hasta ahora conocidos, se trata más bien de una eventual responsabilidad política por decisiones u omisiones, lo que en caso alguno se encuentra dentro del campo de acción de la Contraloría, sino que a los organismos y personas que establece la Constitución", enfatizaron.

"Resulta ilegal que la Contraloría se inmiscuya en estas materias, por corresponder su conocimiento de manera exclusiva y excluyente al General Director de Carabineros de Chile".

Defensa de Carabineros
En el texto de la defensa, que fue publicado hoy por El Mercurio, añade que "sin perjuicio de lo anterior, estimamos que en esta 'arremetida' de la Contraloría ha existido un problema serio de competencia y que podría ser constitutivo de un caso de desviación del poder, ya que del tenor de los cargos conocidos, lo que se busca es la determinación de eventuales responsabilidades penales de los Oficiales Generales".

"Lo anterior es un asunto que se encuentra en conocimiento de los Tribunales de Justicia, por lo que de acuerdo a la ley Orgánica Constitucional de la Contraloría debe abstenerse de conocer estas materias. Se trata, al parecer de los suscritos, de una infracción gravísima a la institucionalidad del país", recalcaron.

El punto fue reforzado ayer por el ministro del Interior, Víctor Pérez, quien aseguró que "los cargos serán desvirtuados, más aún cuando Carabineros ha hecho un esfuerzo muy importante junto con el Gobierno para establecer medidas que permitan enfrentar adecuadamente hechos de violencia que jamás el país había vivido".

En ese contexto, el jefe de gabinete afirmó que es importante abrir una discusión sobre las atribuciones de la Contraloría: "Uno podría preguntarse si va a investigar a un director de un hospital porque un médico operó de tal o cual manera a una determinada paciente", dijo.

La visión de Contraloría

La Ley Orgánica Constitucional del organismo establece que uno de los mandatos que tiene es el control de legalidad de los actos administrativos del Estado. Es decir, fiscalizar el cumplimiento de todas las leyes, normativas y protocolos por parte de las instituciones estatales, entre las cuales está Carabineros.

En esa línea, el protocolo de uso de la fuerza de la institución es considerado como tal, por lo que la Contraloría tiene el mandato constitucional de velar porque se cumpla, tal como lo indican los artículos 131, 132 y 133 de la ley que regula sus funciones.

El primero de ellos señala que "en uso de sus facultades, el Contralor podrá constituir delegados en los servicios públicos y demás entidades sujetas a su fiscalización, con el fin de practicar las inspecciones e investigaciones que estime necesarias".

"Por este solo hecho quedarán bajo la autoridad del delegado el jefe del servicio y todo el personal, para los efectos de proporcionar los datos, informes, documentos y demás antecedentes que el delegado estime necesarios para la investigación. Todos los funcionarios, además, estarán obligados a prestar declaración ante el delegado", dice.

Además, la legislación advierte que "el incumplimiento de estas obligaciones acarreará la suspensión del infractor; sin perjuicio de la responsabilidad que le pueda afectar".

En el Artículo 132, se establece que "cuando lo estime conveniente el Contralor, se practicarán inspecciones extraordinarias en cualquiera oficina sujeta a su fiscalización, a fin de informarse sobre los métodos empleados en el manejo de los fondos y de dar instrucciones tendientes a perfeccionar dichos métodos para la mejor fiscalización".

"La facultad de la Contraloría para perseguir responsabilidades administrativas en Carabineros de Chile se funda en el artículo 98 de la Constitución".

Contraloría
Mientras que el 133, señala que "el contralor o cualquier otro funcionario de la Contraloría, especialmente facultado por aquél, podrá ordenar, cuando lo estime necesario, la instrucción de sumarios administrativos, suspender a los Jefes de Oficina o de Servicios y a los demás funcionarios, y poner a los responsables en casos de desfalcos o irregularidades graves, a disposición de la justicia ordinaria".

Esta tarde, el ente fiscalizador emitió una declaración pública reforzando estos puntos. En ella, recordó que en relación a los hechos ocurridos durante el estallido recibió 457 denuncias relativas al actuar de Carabineros de Chile, "por lo que se encontraba en el deber legal de actuar frente a tales denuncias".

En ese sentido, recalcó que el procedimiento fue informado a la institución el 12 de marzo de 2020, en el que se señaló que los hechos denunciados implicaban "determinar eventuales responsabilidades administrativas que puedan afectar a los superiores y personal de Carabineros de Chile".

"La facultad de la Contraloría General para perseguir responsabilidades administrativas en Carabineros de Chile se funda en el artículo 98 de la Constitución Política de la República, que le encarga el control de legalidad de los actos de la Administración, y en el artículo 133 de la ley N° 10.336", añade el texto.
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