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Continuidad en la Convención y posibles sanciones: Los escenarios que enfrentaría Rojas tras admitir que no padece cáncer

Mientras el órgano define su propio reglamento, sus 155 integrantes se rigen en base al de la Cámara de Diputados. Mientras que la Carta Fundamental hace referencia a qué sucede en caso de una enfermedad grave.

05 de Septiembre de 2021 | 12:00 | Por Verónica Marín, Emol
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Ayer se conoció la revelación del convencional.

AFP
Impacto ha generado en la opinión pública la confesión del convencional Rodrigo Rojas Vade quien admitió que no tiene cáncer. Si bien señaló que "tengo un diagnóstico que todavía me cuesta mucho trabajo reconocer, que lo oculté, para no enfrentarme al estigma social, a la crítica", los cuestionamientos apuntan a que mintió.

El electo por la Lista del Pueblo -movimiento que dejó la semana pasada- levantó como bandera de lucha su supuesto cáncer durante las movilizaciones en el contexto del estallido social y también en su campaña. Es vicepresidente del órgano constituyente y no ha fijado una postura sobre su continuidad ni en ese cargo ni tampoco en la Convención. Sin embargo, esbozo que está evaluando qué hacer.

"Siento que me tengo que retirar. No tengo nada más que hacer en la Convención". ¿Renunciar? "No lo sé. Estoy en una situación compleja", señaló en entrevista con La Tercera en donde se reveló la situación a la par con un comunicado que él mismo publicó en su Instagram.

¿Qué dice la Constitución?


Es la Constitución la que fija el marco de la funcionalidad de este órgano y sus integrantes, refriéndose específicamente a los casos de enfermedad grave en materia de dimisiones.

Según se fijó en la reforma que partió el proceso constituyente, para los convencionales rigen las mismas normas que para los parlamentarios en estos casos.

Es así que en el Capítulo V, en su artículo 60, la Carta Magna indica que "los diputados y senadores podrán renunciar a sus cargos cuando les afecte una enfermedad grave que les impida desempeñarlos y así lo califique el Tribunal Constitucional".

Mientras que el mismo apartado hace otra referencia que podría aplicarse en el caso de Rojas Vade considerando que en su declaración de patrimonio menciona una deuda de $27 millones por un crédito consumo, el que según dice él, se utilizó para el "financiamiento de tratamiento quimioterapéutico contra el cáncer".

"Cesará en su cargo el diputado o senador que haya infringido gravemente las normas sobre transparencia, límites y control del gasto electoral, desde la fecha que lo declare por sentencia firme el Tribunal Calificador de Elecciones, a requerimiento del Consejo Directivo del Servicio Electoral", señala la Constitución en relación a los antecedentes que se conocen hasta ahora sobre este representante del Distrito 13.

Sobre el tema también se refirió el analista político y profesor de la Universidad Diego Portales, Claudio Fuentes, quien explicó que "la Constitución establece que la renuncia para parlamentarios que es la misma norma que se aplica para convencionales, solo aplica para casos de una enfermedad de extrema gravedad y que debe impedir el funcionamiento de esa persona en su cargo público. Claramente este no es el caso, por lo tanto no procedería la renuncia o no está contemplada constitucionalmente".

Adicionalmente, planteó el coordinador de ContextoCL+ "tampoco podría reemplazarse, porque los independientes no tienen posibilidad de reemplazado de acuerdo a la propia Constitución. Por lo tanto, la Convención va a tener que actuar con criterios propios, tomar ciertas decisiones sobre los ámbitos éticos y que no afecten la fe pública y eventualmente abordar la posibilidad de establecer una reforma constitucional exprés".

El reglamento


Si bien el reglamento de la Convención Constitucional en su parte final a la espera de que sea votado por el Pleno, sus integrantes definieron que mientras tanto se regirán por el de la Cámara de Diputados y Diputadas.

El coordinador dela comisión de Ética del organismo constituyente, Marco Barraza (PC), explicó que esta instancia por ahora "tiene un carácter previsional, no aplica normas porque su mandato es construir un reglamento de ética definitivo, el que podría estar funcionando a partir de octubre".

En consecuencia cualquier acción disciplinarias en contra de Rojas Vade debe basarse en las normas que aplican para los diputados y diputadas. Y el encargo de aplicarlo, según explicó Barraza, es el comité externo. "En consecuencia, esta es una materia que está por verse si es que hay alguna denuncia o requerimiento al interior de la Convención".

"Si eventualmente se hiciera una denuncia al interior de la Convención por alguna o algún constituyente, las normas que se aplicarían podrían ser censurar, reproches algún tipo de multa a su dieta, por los antecedentes que existen. El reglamento de ética que está rigiendo, y eventualmente el que se apruebe, que sería un reglamento definitivo, no tienen dentro de sus normas contemplado la renuncia o el retiro de algún constituyente. Eso hay que tenerlo claro, porque eso es más bien un ámbito que tiene que ver con otras leyes, como si hay un desafuero o no, y si el tema es voluntad, depende de la constituyente", comentó a T13.
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