EMOLTV

Caso Corpesca: Corte confirma fallo que condenó a penas de presidio efectivo a ex senador Jaime Orpis

El tribunal de alzada de Sangiago rechazó el recurso interpuesto por la defensa del ex legislador de la UDI, quien debe cumplir 5 años y 600 días como autor de seis delitos consumados de fraude al fisco y dos delitos consumados de cohecho.

06 de Enero de 2022 | 19:41 | Redactado por Ignacio Guerra, Emol
imagen

El ex senador de la UDI, Jaime Orpis.

Aton
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó este jueves el recurso interpuesto por la defensa de Jaime Orpis, con lo que confirmó la sentencia que condenó al ex senador a penas de 5 años y 600 días de presidio efectivo, como autor de seis delitos consumados de fraude al fisco y dos delitos consumados de cohecho, en el marco del denominado "Caso Corpesca".

En fallo unánime, la Undécima Sala del tribunal de alzada -integrada por las ministras Jessica González, María Loreto Gutiérrez y el ministro Jaime Balmaceda- desestimó el recurso de apelación deducido por la defensa en contra de la sentencia, dictada por el Tercer Tribual de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, que ordenó el cumplimiento efectivo de la penas privativas de libertad, debido a que, sumadas, exceden el máximo de tiempo que la ley prevé para la concesión de beneficios o penas sustitutivas.


"Como puede fácilmente advertirse, las penas impuestas al sentenciado, sumadas, exceden de tres años de privación de libertad, sin perjuicio que una sola de ellas también lo haga, y ello impide estimar cumplida la exigencia de la letra a) recién transcrita", plantea el fallo.

Para la corte, "la imposibilidad de la aplicación de una pena única radica en lo eventualmente beneficioso que resulte al condenado la imposición de tantas sanciones como delitos haya cometido o en el impedimento de considerar que los diversos delitos son de la misma especie, sea porque afectaren al mismo bien jurídico (artículo 351 del Código Procesal Penal) o porque se hallan penados en distintos títulos del Código Penal (artículo 509 del Código de Procedimiento Penal), pero no determina que esa aplicación faculte para conceder beneficios (ahora penas sustitutivas) considerando las penas de manera aislada. Ello será procedente únicamente en tanto el total del tiempo de privación de libertad que se impone como pena en el fallo no supere el máximo de tiempo que la ley prevé para la concesión de esos beneficios o penas sustitutivas".

"En razón de lo anterior y según ya se concluyó por los fundamentos antes expuestos, habrá de mantenerse la decisión de primer grado que no concedió penas sustitutivas al condenado Jaime Antonio Orpis Bouchon por los delitos de cohecho, por no cumplirse los requisitos de la Ley N° 18.218 atendida la extensión de las penas privativas de libertad impuestas", explica la resolución.

Fiscalía valora fallo


Desde la Fiscalía Metropolitana Centro Norte valoraron la resolución de la Corte de rechazar la solicitud ingresada por la defensa del ex legislador de la UDI.

La persecutora Ximena Chong, jefa de Alta Complejidad, indicó que "se había alzado una apelación del condenado Jaime Orpis y su defensa, solicitando que la pena por el delito de cohecho sea cumplida a través de pena sustitutiva de remisión condicional de la pena. Tanto el Ministerio Público como los abogados querellantes nos planteamos en contra de esta posición".

"La Corte de Apelaciones de Santiago el día de hoy comunicó su decisión en términos de confirmar lo resuelto por el Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago. Por lo tanto la pena asociada al delito de cohecho deberá ser cumplida también efectivamente, es decir, sin penas sustitutivas, lo mismo que la pena por lo delitos reiterados de fraude al fisco", complementó.
EL COMENTARISTA OPINA
¿Cómo puedo ser parte del Comentarista Opina?