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Comisión de la CC aprueba en general que reformas a la nueva Constitución serán por quórum de mayoría y deberán plebiscitarse

En Sistemas de Justicia se visaron tres propuestas sobre el mecanismo de modificación de la nueva Carta Magna, pero deberán pasar por la tramitación en particular aún.

09 de Marzo de 2022 | 11:46 | Por Cecilia Román, Emol.
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La Comisión de Sistemas de Justicia votó en general las normas relacionadas a la justicia constitucional.

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La Comisión de Sistemas de Justicia aprobó en general durante esta jornada tres propuestas de mecanismos de reforma constitucional, que estarían vigentes para la modificación de la nueva Carta Magna. Todas ellas comparten dos características: los cambios al texto constitucional se harían por mayoría de los parlamentarios en ejercicio y requerirán ser plebiscitados después.

Se trata recién de la aprobación en general de las iniciativas en la comisión, por lo que durante la tramitación en particular podrían sufrir modificaciones y, además, deben buscar los 2/3 en el pleno de la Convención.

La propuesta del Colectivo Socialista


La iniciativa que mayor cantidad de votos logró (incluso de convencionales de Vamos por Chile) fue una del Colectivo Socialista, visada por 17 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención.

Esta plantea que las fuentes de iniciativa de reforma constitucional son cuatro: pueden ser presentadas por el Presidente con acuerdo del vicepresidente; por al menos 1/5 de los diputados o senadores; por 2/5 de las "asambleas legislativas regionales"; o por iniciativas ciudadanas suscritas a lo menos por el 8% del padrón establecido para la última elección parlamentaria.

La reforma tendrá que ser aprobada por el voto conforme de la mayoría absoluta de los diputados y senadores en ejercicio. Pero no solo eso: el Presidente tendrá que someterlo a referéndum ratificatorio, a menos que el proyecto haya sido aprobado por 2/3 de los miembros de cada cámara.

El reemplazo total de la Constitución, solo podrá realizarse a través de una asamblea constituyente convocada por medio de plebiscito, que corresponderá al Presidente y debe contar con la aprobación de la Cámara de Diputados o 2/3 del Congreso Pleno; o también la ciudadanía puede juntar firmas correspondientes al 25% del padrón electoral establecido para la última elección parlamentaria.

Lo que plantean Pueblo Constituyente e independientes


Otra propuesta aprobada, de Pueblo Constituyente, otros independientes y Andrés Cruz (Colectivo Socialista), que permite al Congreso reformar o a la ciudadanía, mediante plebiscito. Además, si el proyecto afectara a los pueblos indígenas, debe haber un proceso de consulta previa con ellos.

Para la aprobación de la reforma, exige también el voto de la mayoría absoluta de los parlamentarios en ejercicio; y debe ser sometido a plebiscito nacional, con voto obligatorio.

También, un grupo de ciudadanos y ciudadanas (10% de ellos de acuerdo con los registros electorales) podrá presentar un proyecto de reforma constitucional parcial para que sea sometido directamente a plebiscito nacional. Si el proyecto ciudadano reúne las firmas en el plazo, el Congreso podrá proponer un proyecto de reforma "alternativo" para que sean ambos plebiscitados.

En cuanto a una nueva Constitución, el proceso debe ejecutarlo una Asamblea Constituyente, convocada por el Congreso (a través de una ley apoyada por 4/7 de los parlamentarios en ejercicio) o por la ciudadanía.

La iniciativa de Viera


La última propuesta es una firmada por Christian Viera (Ind. FA) y Natividad Llanquileo (pueblo mapuche), entre otros, que plantea que los proyectos de reforma a la Constitución podrán ser iniciados por mensaje presidencial, por moción parlamentaria o por los proyectos de los ciudadanos. Para ello, la propuesta deberá contar con el patrocinio de, al menos, el 0,5% del padrón electoral que hubiere sido establecido para la última elección parlamentaria.

Para aprobarse, la reforma necesitará del voto conforme de la mayoría de los diputados en ejercicio. Pero además, la Cámara de Diputados deberá convocar a referéndum ratificatorio si se trata de proyectos que alteren la forma del Estado; modifiquen el periodo presidencial y el diseño del Congreso; reformen los capítulos sobre principios y derechos fundamentales; o que regulen el capítulo sobre la reforma.

También consideran una opción de reforma popular, propuesta por un número de ciudadanos equivalente al 10% del padrón de la última elección; y permite que la Cámara presente una opción alternativa para ser plebiscitada junto a esta última.

Asimismo, el reemplazo total de la Carta Magna, en esta propuesta, solo se puede hacer por Asamblea Constituyente convocada por medio de un plebiscito.

Lo aprobado sobre la Corte Constitucional


La comisión también aprobó en general cuatro normas sobre el organismo que reemplazará al actual Tribunal Constitucional. Tres de las propuestas hablan de una "Corte Constitucional" y derivan la justicia constitucional a un órgano especializado en eso. Otra, firmada por el FA, Mauricio Daza (INN), Hugo Gutiérrez (PC) y Manuela Royo (MSC), establece que será trabajo de la Corte Suprema.

Esta última, aprobada por 14 votos a favor, 2 en contra y 2 abstenciones, dice que "la Corte Suprema, en sala especialmente constituida y formada por nueve jueces y juezas elegidos por sorteo, podrá declarar, a petición del tribunal que conoce de una gestión judicial, la inaplicabilidad de un precepto legal cuya aplicación en el asunto que se sigue ante ese tribunal tenga efectos contrarios a la Constitución".

Entre las novedades de las otras tres, hay una que habla de una "Corte Constitucional Plurinacional" y consagra que dos de los jueces del nuevo TC serán de pueblos originarios.
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