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Caso Karla Añes: Los detalles de su condena por tráfico y cómo queda su candidatura al consejo

La abanderada ya cumplió una pena de 5 años y un día de presidio, por lo que ya recuperó su ciudadanía. Sin embargo, también fue inhabilitada en forma perpetua para ejercer cargos públicos.

04 de Mayo de 2023 | 11:25 | Redactado por Natacha Ramírez, Emol
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"Es una candidatura ejecutoriada. Y si sale electa, le corresponderá al Tricel proclamarla en el cargo", señaló el Servel

Captura Twitter
En las últimas horas se reveló que una de las candidatas a consejera constitucional del Partido de la Gente (PDG), Karla Angélica Añes Gajardo, fue condenada por el delito de tráfico de drogas.

De acuerdo a La Tercera, el 10 de septiembre del 2010 fue detenida junto a una acompañante en el Terminal de buses de Estación Central. Venían de Antofagasta.

La postulante tenía un bolso de mano que en su interior contenía cuatro paquetes embalados con cinta adhesiva, cada uno de ellos con clorhidrato de cocaína en su interior, con un peso neto total de 588 gramos neto.

Mientras que su acompañante, portaba una mochila que en interior contenía dos paquetes con clorhidrato de cocaína, con un peso neto total de 432,8 gramos neto.

El mismo medio agrega que en la sentencia del Poder Judicial, de año 2012, el fiscal Maximiliano Krause Leyton imputó el delito de tráfico ilícito de drogas o sustancias estupefacientes o psicotrópicas.

Añes recibió la condena del 4º Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago como autora del delito de tráfico ilícito de estupefacientes y otorgó una pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo y a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, con costas. Además, se le condenó al pago de una multa de 40 UTM.

"Atendida la extensión del castigo, no se concede a la condenada ningún beneficio alternativo establecido en la ley 18.216", se señala en el texto judicial, según La Tercera.

Además, en la condena se señala que la mujer contaba con la agravante de que en enero de 2010 el Juzgado de Garantía de Arica la había condenado como autora del delito de tráfico de pequeñas cantidades de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas.

Tras hacerse pública la información, la abogada de Franco Parisi, Elizabeth Rodríguez, comunicó que Añes "ha tomado la decisión de dar un paso al costado en esta candidatura presentando su renuncia a la campaña, a la candidatura; entendemos sus razones".

Servel: "Cumplida su pena, ella recuperó su derecho a la ciudadanía"


Esta mañana, el presidente del Consejo Directivo del Servicio Electoral (Servel), Andrés Tagle, se refirió al tema en una actividad en La Moneda y confirmó que "esta persona fue condenada a un delito de pena aflictiva en el 2011, a nosotros se nos notificó esa situación y ella perdió su derecho ciudadano, porque así es el efecto que produce la condena a pena aflictiva".

"Pero –de acuerdo al artículo 17 de la Constitución–, cumplida su pena, ella recuperó su derecho a la ciudadanía y se nos notificó ese cumplimiento de la pena y la recuperación de su ciudadanía en el año 2017, por el Registro Civil. Por tanto, ella volvió a ser ciudadana con derecho a sufragio", detalló Tagle.

El representante del Servel explicó que, además, "el artículo 13 de la Constitución establece que: todo ciudadano tiene derecho a sufragio y derecho a postular a cargos de elección popular, que es lo que ella ha hecho en este momento".

Apunto, además, que "cuando el Servel publicó las inscripciones de candidaturas, cualquier elector tenía derecho a reclamar en un cierto plazo ante el Tribunal Calificador" y que "eso no sucedió" en el caso de ella.

"Por consiguiente, es una candidatura ejecutoriada. Y si sale electa, le corresponderá al Tricel proclamarla para el cargo", sostuvo.

¿Y su inhabilidad perpetua para ejercer cargos públicos?


Consultado por la "inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos", que también recibió la candidata, Tagle respondió: "Yo no me pronuncio si el de consejero constituyente es un cargo público, pero lo que sí tengo claro es que es un cargo de elección popular. Y respecto del derecho a postular a cargos de elección popular, lo que rige es el artículo 13 y el 17 de la Constitución. Y si se pierde la ciudadanía, la ciudadanía se recupera. Y cuando se recupera, se vuelve a tener derecho a postular a cargos de elección popular".

"Si se pierde la ciudadanía, la ciudadanía se recupera. Y cuando se recupera, se vuelve a tener derecho a postular a cargos de elección popular. Hay muchos cargos públicos que no son de elección popular. Así que no confundamos las dos cosas"

Andrés Tagle, director del Servel
"Hay muchos cargos públicos que no son de elección popular. Así que no confundamos las dos cosas", enfatizó.

¿Y qué pasa si ya bajó su candidatura? Previamente, en entrevista con Radio Universo, Tagle había comentado que, pese a que la candidata pueda bajar su postulación, de todas formas aparecerá este domingo en la papeleta. "Las papeletas ya están listas y no se va a cambiar, su candidatura está ejecutoriada (...) Si sale electa, va a ser proclamada en esa condición", insistió.
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