El Juzgado de Garantía de Rancagua condenó, con costas, a Iván Mauricio Sánchez Lobos y Pablo Andrés Sánchez Reyes por la muerte de Catalina Torres Ibarra (21), quien falleció en 2021 en el Parque Safari de Rancagua tras ser atacada por un tigre, mientras realizaba labores de aseo y mantención en una jaula. Se trata, respectivamente, del dueño y del gerente de operaciones del parque zoológico.
En la instancia, asimismo, se absolvió a la acusada Valeria Edith Olmos Padilla, a quien se le sindicaba como coautora del delito.
En concreto, Sánchez Lobos y Sánchez Reyes fueron condenados por cuasidelito de homicidio, a 540 días de reclusión menor en su grado mínimo, con el beneficio de la remisión condicional, más la accesoria legal de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de las condenas.
El tribunal dio por establecido, más allá de toda duda razonable, que el 5 de agosto de 2021 "(…) Pablo Sánchez Reyes, quien se desempeñaba a esa fecha como gerente de operaciones del Parque Safari, solicitó a la víctima Catalina Fernanda Torres Ibarra, quien estaba contratada como guía de Safari, que efectuara al día siguiente una labor diferente a su trabajo habitual y que consistía en limpieza del Parque en compañía de conductores del Safari, Brian Zúñiga Riquelme y Javier Caro Retamal".
En cumplimiento de la instrucción recibida, aproximadamente a las 08:30 horas del día siguiente, 6 de agosto de 2021, dice el fallo, "(…) los tres jóvenes iniciaron las labores de limpieza instruida la tarde anterior al interior del recinto parque Safari ubicado en ruta H30 KM5 camino a Doñihue, comuna de Rancagua, ingresando para el efecto al sector felino, lugar donde se encontraba suelto el tigre de bengala de nombre ‘Niño’, el que atacó a la víctima Catalina Fernanda Torres Ibarra, provocando lesiones corto punzantes en la zona torácica y cuello, falleciendo la víctima en el lugar".
El tribunal, asimismo, sostiene que "la muerte de la víctima Catalina Fernanda Torres Ibarra es el resultado de omisiones e infracciones cometidas por Pablo Sánchez Reyes, gerente de operaciones del Parque, que solicitó a la víctima efectuar labores que requerían capacitación que no instruyó ni efectuó, no estableció protocolos para las funciones de limpieza y mantención que debía realizar el personal de apoyo, no informó a la víctima ni a los jóvenes encargados de la limpieza sobre la existencia de un tigre suelto en su sector de felinos".
"Producido el ataque -agrega- no estableció un protocolo efectivo de emergencia y de reacción ante el ataque del animal feroz".
También señala que "la muerte de la víctima es también el resultado de omisiones e infracciones cometidas por don Iván Sánchez Lobos, propietario y representante del Parque Safari y tirador único designado en ese contexto porque no estableció protocolos de actuación de emergencia efectivos ni aplicó el protocolo de alerta roja".
"En su calidad de tirador único designado -consigna- informado inmediatamente del ataque del animal feroz, no utilizó su arma para la eliminación del animal y salvar la vida a la víctima".
En relación a la acusada Valeria Edith Olmos dictamina en tanto que no puede atribuirse más allá de toda duda razonable "imprudencia o negligencia causal en la muerte de la víctima".