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Suprema declara ilegal incautación de celular del ministro del TC Héctor Mery

La corte advierte que hubo "error" y "falta de fundamentación" en la petición de fiscalía al realizar diligencia, lo que hizo equivocarse a la jueza que la autorizó.

28 de Abril de 2025 | 14:08 | Por Cinthya Carvajal, El Mercurio
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Archivo, El Mercurio
La Sala Penal de la Corte Suprema declaró ilegal la incautación del teléfono celular del ministro del Tribunal Constitucional (TC) y exjefe de la División Judicial del Ministerio de Justicia, Héctor Mery, realizada el 24 de marzo pasado y que el magistrado había impugnado.

Se trató de una diligencia que efectuó la Fiscalía Regional de O'Higgins, que en esa ocasión también requisó los dispositivos electrónicos del ministro en la Corte de Apelaciones de Santiago, Antonio Ulloa.

Fue una incautación que se dio en el marco de una de las múltiples aristas del caso Audio, a raíz de los chats de Ulloa con el abogado Luis Hermosilla —hoy en prisión preventiva— sobre nominaciones de magistrados y fiscales judiciales.

La defensa del magistrado presentó un recurso de amparo —que alegó el abogado Claudio Fierro— debido a que era un tercero mencionado en esa mensajería y que figuraba como testigo en la investigación de la fiscalía, que encabeza el persecutor regional Aquiles Cubillos.

Esta acción constitucional fue acogida por cuatro votos contra uno, por los ministros Manuel Antonio Valderrama (presidente), María Teresa Letelier, Cristina Gajardo y la abogada integrante, Eduardo Gandulfo. La disidencia fue del abogado integrante Juan Carlos Ferrada.

El máximo tribunal revocó la resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago, dejando así sin efecto la resolución que autorizaba el allanamiento e incautación de documentos y objetos de su propiedad. La decisión de la Sala Penal se basó en una "falta de fundamentación de la resolución judicial que decretó la medida de allanamiento" y no en la calidad de testigo del ministro del TC en esa causa.

Para la corte la petición del Ministerio Público "contenía errores y ambigüedades respecto a la calidad de imputado" del magistrado Mery, lo que indujo a una equivocación de la jueza que dictó la orden.

Se debe devolver celular


Los magistrados consideraron que esta falta de claridad en la solicitud fiscal generó una "inaceptable ambigüedad", que no solo confundió a la jueza, sino que también resultó en "un procedimiento policial que vulneró garantías fundamentales del afectado, incluyendo su libertad personal".

La Corte Suprema enfatizó la importancia del "mandato de fundamentación" en las resoluciones judiciales, el cual exige que se expliciten con precisión las razones fácticas y jurídicas en las que se apoya el dictamen, como parte fundamental del debido proceso.

En su fallo, el máximo tribunal, además, ordenó al Ministerio Público la entrega inmediata al amparado de todos los documentos y objetos incautados, y dispuso que el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago fiscalice el cumplimiento de esta medida.

El abogado integrante Ferrada, voto de minoría, estimó que el recurso de amparo "no era el remedio procesal adecuado para revisar la legalidad de resoluciones judiciales en investigaciones penales", a menos que se afecte directamente la libertad personal o la seguridad individual.
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