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Tribunal falla a favor del Gore RM en demanda de exfuncionarios del programa "Quédate" y descarta vínculo laboral

Seis exfuncionarios del programa habían demandado a la entidad dirigida por Claudio Orrego y a la Fundación ProCultura por despido injustificado y cobro de prestaciones.

20 de Junio de 2025 | 13:50 | Por Javiera Riquelme Escobar, Emol.
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Gobernador de la RM, Claudio Orrego.

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El Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago falló en favor del Gobierno Regional Metropolitano, liderado por Claudio Orrego, al descartar un vínculo laboral entre dicha entidad y exfuncionarios del programa "Quédate", el que está orientado a la prevención del suicidio en la RM.

En concreto, seis personas que se desempeñaron para la Fundación Procultura en el contexto de la ejecución del programa denominado "Quédate", fueron desvinculados en noviembre de 2023 y demandaron al Gore Metropolitano y a la fundación por despido injustificado y cobro de prestaciones.

Así, los demandantes solicitaron que "se declare la improcedencia del despido, el carácter incausado del mismo" y se "declare la existencia de una relación de subcontratación con el Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, debiendo éste responder solidaria o subsidiariamente de las obligaciones laborales impagas, en atención a su calidad de empresa principal, conforme a los artículos 183-A y siguientes del Código del Trabajo".

Los montos solicitados varían en el caso de cada exfuncionario. Mientras los de algunos pasan los $25.000.000, los de otros son alrededor de $1.500.000, aproximadamente.

"El despido de los trabajadores fue comunicado el 17 de noviembre de 2023 mediante un correo electrónico al cual se adjuntó una carta digital invocando la causal de necesidades de la empresa, sin cumplir con las formalidades exigidas por el artículo 162 del Código del Trabajo, particularmente la omisión de la notificación mediante carta certificada enviada al domicilio de los trabajadores. Esta omisión, alegan los demandantes, vicia el despido, tornándolo incausado, y da lugar a la aplicación del recargo legal del 50% sobre la indemnización por años de servicio conforme al artículo 168 letra b) del mismo cuerpo normativo. En lo referido a los finiquitos, se expone que Fundación Procultura incurrió en prácticas fraudulentas destinadas a simular el cumplimiento de sus obligaciones laborales", dice parte de la resolución.

Desde el Gore Metropolitano se contestó a la demanda solicitando el rechazo, con expresa condena en costas. "Señala como cuestión preliminar que es una entidad de derecho público, dotada de personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya función es la administración superior de la Región Metropolitana, en conformidad con la Ley N° 19.175 Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional. En el ejercicio de sus competencias, administra fondos del Estado mediante el Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR), destinado al financiamiento de iniciativas de desarrollo económico, social y cultural", dice el texto.

Agrega que "en el contexto de dichas facultades, se celebró un convenio de transferencia con la Fundación Procultura para la ejecución del programa 'Transferencia Prevención del Suicidio Mediante el Fomento de la Salud Mental', aprobado mediante Resolución Exenta N° 70 de 2022 y financiado con cargo al FNDR. Se recalca que esta relación jurídica no implicó participación del GORE en la contratación, dirección o supervisión directa del personal ejecutor del proyecto, ni en la administración interna de la Fundación".

En cuanto al fondo, expone que "se alega la excepción de falta de legitimación pasiva argumentando que no es empleador de los demandantes, no suscribió contratos de trabajo con ellos, ni dirigió ni controló las labores que desarrollaban, careciendo por tanto de las características necesarias para ser considerado 'empresa principal' conforme al artículo 183-A del Código del Trabajo".

Con todo, se resolvió que "que se acoge la excepción de falta de legitimación pasiva interpuesta por el Gobierno Regional Metropolitano de Santiago"; que "se condena a las demandadas a enterar en los organismos previsionales a los cuales se encuentran afiliados los actores las cotizaciones previsionales correspondientes a los 17 días trabajados del mes de noviembre del año 2023"; que "se rechaza la demanda en todo lo demás"; y que "no habiendo sido ninguna de las partes completamente vencida, cada parte pagará sus costas".

Por otro lado, sí se acogió la demanda interpuesta en contra de la Fundación ProCultura, "declarándose que el despido ocurrido con fecha 17 de noviembre de 2023 es improcedente". En consecuencia se condenó a la demandada a pagar a los actores parte de lo solicitado.