Un informe realizado por la Biblioteca Nacional del Congreso (BCN), al cual tuvo acceso "El Mercurio" en adelanto, puso en duda que existan bases legales para pagar a los expresidentes de la República las asignaciones con las cuales financian sus oficinas, asesores y traslados. El documento fue solicitado por la comisión de Constitución de la Cámara de Diputados, a raíz del debate originado en el proyecto que refunde 11 mociones para modificar la dieta vitalicia que reciben los exmandatarios, lo cual abrió un tema que se ha convertido en un verdadero enredo legislativo. Para entender bien la raíz del problema hay que remitirse al artículo 30 de la Constitución, en donde, desde el año 2000, se consagra que quienes se han desempeñado en la primera magistratura del país por el período completo, asumirán inmediatamente "la dignidad oficial de Ex Presidente", lo que les hace aplicable las disposiciones establecidas en los artículos 61 y 62 de la Carta Magna, referidas al fuero y a la dieta que percibirán. Estos dos últimos están ubicados en el capítulo que establece las normas comunes para diputados y senadores, tal como explica el estudio del BCN, con lo cual señalan que "el régimen jurídico de los expresidentes se compone a partir de tres elementos de acuerdo con las disposiciones constitucionales, a saber, la dignidad oficial, el fuero y la dieta".