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Minsal defiende retención de piernas humanas en el aeropuerto: Donaciones "deben provenir exclusivamente desde Chile"

La donaciones deben ser gratuitas y a través de instituciones que están habilitadas como beneficiarias, según el Código Sanitario.

22 de Septiembre de 2025 | 20:06 | Por Sofía Campos y Marcelo Silva, Emol.
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El Mercurio
El Ministerio de Salud afirmó este lunes que la donación de cuerpos y extremidades para fines educativos solo deben "provenir exclusivamente de donaciones voluntarias realizadas en el país", según dispone el Código Sanitario.

Lo anterior, luego que se revelara que 30 piernas humanas cumplirán un año retenidas en las bodegas del Aeropuerto de Santiago tras ser negado su ingreso por parte de Adunas. Las extremidades están destinadas a actividades de docencia y fueron importadas desde Estados Unidos por el Centro de Entrenamiento Médico Quirúrgico SpA en septiembre de 2024.

Al respecto, la Subsecretaría de Salud Público señaló a Emol en un comunicado: "La decisión adoptada se ajusta a lo establecido en el código sanitario".

"La normativa vigente establece que cadáveres y las piezas anatómicas para fines de investigación científica o docencia universitaria deben provenir exclusivamente de donaciones voluntarias realizadas en el país, bajo las disposiciones del Libro IX del Código Sanitario", indicó la entidad. Estas donaciones deben ser gratuitas.

"El reglamento identifica claramente a las instituciones que están habilitadas como beneficiarias para recibir dichas donaciones, asegurando que los fines educativos y científicos se desarrollen dentro de un marco regulado y responsable", subraya el Minsal.

Y agregan: "nuestra regulación promueve un sistema basado en la donación altruista realizada en el territorio nacional, asegurando un equilibrio entre el respeto a las personas y el beneficio para la docencia y la investigación. En este caso puntual, la gestión no se ajusta a este marco".

El artículo 147 del Código Sanitario establece que los cadáveres de personas fallecidas en establecimientos públicos o privados de salud, así como aquellos que se encuentren bajo custodia del Servicio Médico Legal, que no sean reclamados por familiares o terceros responsables "pueden ser destinados al estudio o la investigación científica".

"Esta disposición entrega un fundamento jurídico para que las universidades, centros de investigación o el propio SML utilicen dichos cuerpos en labores de formación académica (por ejemplo, en anatomía, medicina forense) o en proyectos de investigación biomédica, siempre dentro de los límites que impone la normativa vigente", añaden.

Por último, desde el Minsal afirman que "estamos abiertos a evaluar modificaciones en la normativa, en la medida que estas respondan a un diagnóstico fundado y a necesidades reales del ámbito académico y científico".