Deportación, presidio y prohibición de volar en algún vuelo de la aerolínea Latam. Esos son algunas de las sanciones que arriesga un turista uruguayo tras dar un falso aviso de bomba abordo de un avión en el Aeropuerto Arturo Merino Benítez.
Fue esta mañana, cerca de las 07:00 horas, que el sujeto de 58 años afirmó que llevaba una "bomba", palabra que activó un protocolo de seguridad en el terminal aéreo y la evacuación de los más de 200 pasajeros del vuelo Latam con destino a Puerto Montt.
Horas después la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) informó que "se descartó la presencia de explosivos en la aeronave" y que "el pasajero fue entregado a la PDI". Según relató el hombre al personal policial, lo ocurrido se trató de "una broma".
La inspectora Paloma Silva, del Departamento de Inspección Secundaria Aeropuerto (Deinsa) de la PDI, reveló que el sujeto mencionó que mantenía la bomba "en tono de broma".
Afirmó también que el sujeto está detenido "por la flagrancia de infracción al Código Aeronáutico, al haber puesto en peligro el desarrollo de este vuelo. Por lo tanto, personal policial adopta el procedimiento flagrante y lo pone disposición del tribunal, quienes determinarán si es que se abre un proceso de investigación y si es que la persona es finalmente deportada o no del país".
Según pudo conocer Emol, entre las implicancias de dar falsos avisos de bombas se encuentra la demora de vuelos para pasajeros -que algunos incluso pueden perder conexiones-, el despliegue policial por la activación de la emergencia, disrupción operacional en el aeropuerto y los costos para la aerolínea por mantener la aeronave en cuestión en la pista.
A ello se suman las consecuencias para el infractor: dependiendo de la legislación de cada país, se puede establecer no volar en el vuelo contratado, arriesgando incluso ser condenado a penas de cárcel.
De acuerdo a la normativa vigente en Chile, el delito de falsa alarma de bomba se incluye en Código Penal bajo el ilícito de "incendio, emergencia o calamidad pública a los Cuerpos de Bomberos u otros servicios de utilidad pública, incurrirá en la pena de reclusión menor en su grado mínimo", es decir, desde 61 a 540 días de prisión.
Existe también el delito contra la seguridad del vuelo en el Código Aeronáutico, que es aquel que "sin emplear violencia, amenaza de violencia ni intimidación atentaren en contra de una aeronave en vuelo o en servicio o realizaren actos que pongan o puedan poner en peligro la vida, la integridad personal o la salud de sus pasajeros o tripulantes".
Para dicho ilícito, quienes resulten responsables "serán sancionados con presidio menor en su grado medio a máximo", lo que va desde los 541 días a cinco años de privación de libertad.
Cabe señalar que la causa podría culminar en una salida alternativa, que podría ser una suspensión condicional del procedimiento.
Ante esta posibilidad, un respectivo juez podría aprobar como condición que el pasajero no pueda volar con la aerolínea afectada durante un plazo determinado, pago de una donación a una institución, entre otras.
De acuerdo a cifras de la DGAC, en 2025 ya han ocurrido cuatro avisos de falsas bombas en el Aeropuerto Nuevo Pudahuel: el 26 de abril, el 26 de mayo, el 10 de junio y el de hoy, 20 de octubre.
En tanto, en 2024 se registraron tres, y en 2023 solo dos.
Mientras que la PDI señala que a nivel nacional ya son 20 las alertas, contra 10 del 2024 y misma cantidad 2023.