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"Personal de confianza": Cuántos funcionarios "deberán" renunciar y el destino de los otros cargos en el Gobierno

El personal a honorarios alcanza más de 32 mil, mientras que aquellos a contrata son casi 300 mil.

06 de Enero de 2026 | 22:30 | Redactado por Daniela Toro, Emol.
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Palacio de La Moneda.

La Segunda / archivo.
En La Moneda ya se iniciaron los movimientos de cara a la salida de la actual administración liderada por el Presidente Gabriel Boric, de cara al aterrizaje de los equipos del Presidente electo, José Antonio Kast, quien asumirá el 11 de marzo.

Entre las medidas que se han tomado, se instruyó que quienes ocupen cargos de confianza, deban "obligatoriamente" renunciar.

Se trata de un oficio que fue enviado por la cartera del Interior, liderada por el ministro Álvaro Elizalde, y firmado por los titulares de Hacienda, Nicolás Grau, y Segprés, Macarena Lobos. Como contraparte política del proceso, que incluye traspaso de información al gobierno entrante, fue designado Claudio Alvarado por parte del Presidente electo.

El llamado personal de confianza es aquel que presta asesoría directa en gabinetes del Presidente, ministros subsecretarios, delegados presidenciales, seremis y jefes de servicio.

Todos ellos deberán presentar su renunciar al cargo, cualquiera sea su modalidad de contratación (planta, contrata u honorarios).

Esto marca un contraste respecto a cómo se habían desarrollado antes estos instructivos, puesto que no se incluía explícitamente la instrucción de la renuncia. El gobierno anterior, por ejemplo, hizo una minuta donde la salida se sugería, pero no era una instrucción oficial.

El gobierno instruyó que la medida debe respetar las normas de fuero maternal y otorgó plazo hasta el 27 de febrero de este año que las autoridades informen a la Dirección de Presupuestos el número de asesores de gabinete contratados al 31 de enero de 2026.

Funcionarios de confianza


En el gobierno central, los "cargos de confianza" ascenderían a 2.449, según datos recopilados por el centro Pivotes.

Se trata de puestos que pertenecen al organigrama ministerial. Según explica Pedro Peña, abogado laboral y cofundador de SoyHonorario, "los cargos de exclusiva confianza no gozan de la estabilidad del empleo y tampoco tienen derecho a hacer carrera funcionaria, a diferencia de los cargos de planta".

En concreto, se trata de "cargos excepcionales y están ocupando ese lugar por la confianza que la autoridad de turno les atribuye". Estos altos funcionarios, por la naturaleza de las decisiones que deben tomar, "se entienden que tengan este tipo de relación más exclusiva y directa con la autoridad que los ha nombrado".

De acuerdo al estudio de centro Pivotes, se debe tener en cuenta que por cada uno de esos cargos de confianza también hay "asesores", quienes "en la práctica" también resultan de exclusiva confianza. Esos asesores llegarían hasta 8.000 en la actualidad, y entre sus funciones están la asistencia política, judírica y comunicacional de sus jefaturas.

Al igual que los cargos de confianza, se trata de asesores "temporales", por su dependencia directa de la autoridad de turno.

Cabe destacar que el número de cargos de confianza en el Estado ha estado permanentemente en discusión, con distintas propuestas de centros de estudio y universidades que apuntan a que la cifra se reduzca. Entre los argumentos, se aboga por reducir la discrecionalidad en la administración del Estado, lo que potenciaría la función pública.

Pivotes propone, por ejemplo, que estos cargos tengan un techo correspondiente al 0,5% de la dotación máxima autorizada para todo el sector público, y que esté en manos del Presidente de la República distribuir ese máximo. En cifras, los cargos de confianza llegarían sólo a 937, y los asesores de confianza llegarían a unas 2.500 personas.

En 2025, una propuesta de la Universidad San Sebastián apuntaba a reducir en un 70% la cantidad de asesores de confianza, contratados sobre la base de honorarios, con máximo de 300 cupos para cada gobierno. Ante esto el ministro Elizalde señaló hoy que "los funcionarios que vayan a permanecer en sus cargos que tengan labores de confianza o de apoyo directo, cero. Así de simple".

Trabajadores a honorarios


Otro de los temas que surgen como preocupación a raíz de los procesos del cambio de funcionarios en la administración del Estado, son aquellos que están específicamente bajo la figura de trabajadores a honorarios.

Según la Dirección de Presupuestos (Dipres), a septiembre de 2025 el Gobierno Central alcanzó 534.807 cargos efectivos. De ellos, el personal a honorarios llegó a 32.457 cargos a la misma fecha, mientras que el personal a contrata llega a los 294.145 cargos; y el de planta, a 117.928 cargos.

El fenómeno no es menor: el propio informe de Dipres indica que el Sector Público alcanzó 1.112.112 cargos a septiembre de 2025, con 22,4% de cargos transitorios.

El principal grupo del Sector Público corresponde a la Administración Central (45,8%), seguido de las municipalidades (42,2%), Universidades y CFT estatales (5,4%), empresas públicas (4,2%), organismos autónomos (2,3%) y otras instituciones públicas (0,1%).

En términos simples, una parte relevante del funcionamiento del Estado descansa en vínculos menos estables, justamente los más expuestos en un cambio de administración.

Por ello, expertos plantean que la transición hacia marzo de 2026, incorpore un Protocolo de Continuidad Laboral y de Servicios, con estándares mínimos: criterios públicos de renovación/no renovación, calendarización comunicada con anticipación y priorización explícita de funciones críticas (salud, educación, programas sociales, operación territorial y soporte administrativo esencial).

"Hoy el Estado ya cuenta con una señal concreta de política pública: la Ley de Presupuestos 2025 fijó en 6.500 el número máximo de personas que pueden pasar de honorarios a contrata este año, junto con criterios y reglas para implementar esos traspasos. Eso prueba que el problema existe y que puede abordarse con instrumentos formales, no con decisiones políticas", planteó Peña, de SoyHonorario.

"Ley de amarre"


En las últimas semanas, se instaló un fuerte debate en torno a la "ley de amarre", articulado impulsado por el Ejecutivo que restringe el despido de funcionarios, y que se enmarcó en el reajuste al sector público.

La norma establece que la no renovación de contratas —o su renovación en condiciones distintas— en subsecretarías, servicios públicos dependientes de los ministerios, delegaciones presidenciales, universidades estatales y municipalidades solo podrá efectuarse mediante un "acto administrativo fundado, con hechos y fundamentos de derecho", el cual deberá estar "sustentado en criterios objetivos y acreditables".

También se propone que los funcionarios con "al menos, dos años de servicios continuos” podrán “reclamar por vicios de legalidad" ante la Contraloría en caso de no renovación de su designación o de una renovación en condiciones distintas. El órgano contralor, se indica, "solo podrá abstenerse de resolver dichas reclamaciones" si el interesado ha interpuesto acciones judiciales "en virtud de los mismos hechos".

El tema generó un fuerte debate y duras críticas desde la oposición, desde donde apuntaron a que el Gobierno buscaba impulsar "una suerte de corralito para dejar amarrados" a los cercanos al Presidente.

Las nuevas normas misceláneas del proyecto de reajuste incluyen -en la parte de nuevas medidas de gestión del Estado-, el traspaso de 71 funcionarios del MOP a la Subsecretaría de Obras Públicas, la creación de 17 cargos de planta en la Dirección de Obras Hidráulicas y seis puestos de Alta Dirección Pública en el Instituto de Previsión Social (IPS), además de flexibilizar el envío al exterior de personal a contrata en la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales (Subrei).

A ello se suma la ampliación del giro de compañías públicas. Se permite a la Empresa Nacional del Petróleo (Enap) participar en toda la cadena de producción del hidrógeno verde (H2V), y a Correos de Chile desarrollar prestaciones logísticas físicas, digitales o híbridas.
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