El Cuarto Tribunal en lo Penal de Santiago condenó a 20 años de cárcel a un acusado que fue declarado culpable como autor de los delitos de femicidio frustrado y desacato en contexto de violencia intrafamiliar y de género.
Esto, a raíz de un hecho que fue cometido por el imputado Carlos Machuca Cañón el 16 de julio de 2024, al interior de un departamento ubicado en la comuna de Santiago, contra su ex conviviente de 64 años.
Durante el juicio oral la fiscal María José Viveros de la Fiscalía Metropolitana Centro Norte logró acreditar que el imputado insultó a la víctima, la lanzó al suelo y le propinó golpes de puño y pie en distintas partes del cuerpo mientras le manifestaba que la iba a matar.
Posteriormente la tomó del cuello, presionándolo con su antebrazo, dificultándole la respiración y azotó su cabeza contra el suelo aproximadamente 40 veces.
Según se pudo constatar, la agresión dejó a la víctima con lesiones graves, entre ellas politraumatismos, múltiples hematomas faciales, contusión nasal con sangrado bilateral, contusiones en extremidades superiores, aumento de volumen en la zona occipital y una hemorragia cerebelosa traumática.
El tribunal concluyó que el acusado actuó con dolo directo de matar a la víctima, además de que amenazó de muerte a la víctima durante la agresión.
Todos estos antecedentes permitieron que el tribunal concluyera que el objetivo del acusado era dar muerte a la víctima, configurándose así el delito de femicidio en grado de ejecución frustrado y condenando al acusado a 15 años y un día de presidio. Se sumaron agravantes como que la víctima era adulta mayor y que "el acusado, mientras agredía a la víctima, procedió a insultarla, denostándola en su condición de mujer".
Además, se acreditó que el imputado incumplió en dos oportunidades una medida cautelar que le prohibía mantener contacto con la víctima, decretada por el Juzgado de Garantía tras la agresión.
El primer incumplimiento ocurrió el 23 de agosto de 2024, cuando realizó cinco llamados telefónicos a su expareja. El segundo se produjo el 30 de marzo de 2025, cuando la contactó mediante una llamada por WhatsApp. Por estos dos hechos, fue condenado por el delito consumado de desacato en contexto de violencia intrafamiliar y de género por una pena de cinco años y un día de presidio.
Finalmente, el tribunal condenó al acusado a penas que suman 20 años y dos días de presidio por su responsabilidad en un delito de femicidio frustrado y dos delitos de desacato.